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viernes, 1 de junio de 2012

- PROSPECTIVA DE LA ATENCIÓN EDUCATIVA INTEGRAL EN EL AREA DE DEFICIENCIAS VISUALES

MARCO CONCEPTUAL Y POLÍTICO

         El Modelo de Atención Educativa Integral, para las personas ciegas y deficientes visuales,  responde a una concepción  de hombre, sociedad y de vida previamente establecidos, centrado en una concepción del hombre como integridad bio-psico-social  que propicie la interacción armónica entre el hombre y su medio circundante.

            Esta concepción del modelo, confiere un valor preponderante a la Educación en términos de su finalidad;  la cual, se enmarca en un contexto de una sociedad en constante cambio. Razón por la cual, frente a las necesidades de una sociedad de hoy  y de mañana,  en cuanto al desarrollo personal y social del hombre, los fines de la educación deberán perfilarse en lograr personas creativas, críticas,  conocedoras y sensibles a la realidad, con una valoración de la responsabilidad social y una capacidad de comunicación y de relación con los demás.

            De acuerdo con lo antes expuesto, la educación exige una concepción educativa distinta a la tradicional, que conduzca a cambios significativos donde el hombre recobre su valor y condición de persona (Guédez, 1987 - ME-DEE Doc Normativo D.V. 1990), y la función de la educación es relevantemente social, cuyo propósito será entonces, formar al hombre, como sujeto cognoscente a intervenir en su realidad y transformarla.  En tal sentido, la normativa legal vigente en Venezuela, con énfasis en la Constitución Nacional (1961), Ley Orgánica de Educación (1980) y su Reglamento (1986), así como la Ley Tutelar del Menor (1974), Ley del Trabajo (1990), entre otras, contemplan los derechos de los ciudadanos desde su nacimiento hasta la vida adulta en lo que respeta a educación, familia, salud, trabajo, con miras al pleno desarrollo integral del individuo, tomando en consideración sus necesidades e intereses y características particulares de cada quien, garantizando la formación para su independencia y activa participación a la vida comunitaria.
           
De igual  manera,  la Educación Especial en Venezuela, como modalidad del sistema educativo que atiende un sector poblacional constituido por niños, jóvenes y adultos con necesidades educativas especiales (LOE, 1980), se sustenta además, de la normativa legal ya referida,  en documentos de carácter nacional e internacional, entre los cuales destacan:
           
            Declaración Universal de los Derechos del Niño. ONU 20 - 11- 59. Tabla de los Derechos del Niño Venezolano. Primera Convención Nacional del Magisterio Venezolano. 1936 y Primer Congreso Venezolano del Niño 1938Declaración de los Derechos Humanos, artículo 26 (1948), Derecho a la educación universal y prioritaria, Comisión Internacional para el Desarrollo Educativo de la UNESCO,  Propuesta de la reunión de Ministros de Educación del Continente, México 1979, Resolución Nº. 37-52  Programa  Mundial para Personas con Discapacidad en sus  artículos 120, 121, 123 y 124, establece que “la educación de las personas especiales debe darse  en la medida de lo posible dentro del sistema escolar general”. Declaración Mundial, Educación para Todos, Artículo 3 numeral 5, establece  que las necesidades básicas de aprendizaje de las personas discapacitadas demandan atención especial, por lo cual, es preciso tomar medidas que faciliten igualdad en el acceso a la educación. Unesco 1990, Declaración de Salamanca en los artículos 28, 29, 30 y 31, establece que los programas de estudio deben adaptarse a los niños y no al revés. ONU 1994. artículo 43, “Derecho que tienen todos los Seres Humanos al Trabajo” ONU, 1948. Este reafirma el derecho que toda persona con necesidades especiales tiene,  a ser respetada  cualquiera que sea el origen,  naturaleza o gravedad de los trastornos o deficiencias UNESCO, Conferencia 1976, define “la educación de adultos como un factor que provoca cambio  social y como una acción educativa que parte de la realidad del adulto en tanto individuo, hacia una concepción mas global de la educación con un enfoque integral y de participación para el desarrollo socioeconómico y cultural equilibrado e independiente”,  OIT, Convenio Nº 159 que trata sobre  “la  readaptación profesional y empleo de las personas  inválidas”, cuya finalidad es la de obtener y conservar el empleo adecuado a las necesidades especiales y que promueva la integración social. Carta de la Década de los 80 (1980), establece lineamientos sobre el derecho al trabajo de las personas con necesidades especiales. OIT, Recomendación 99, la cual trata sobre “ la orientación profesional y la formación y colocación de inválidos y sobre las medidas  para aumentar la oportunidad de empleo OIT, Recomendación 168 trata sobre “la formación del personal. Contribución de las personas inválidas y su organizaciones al desarrollo de los servicios de readaptación profesional y seguridad social, políticas y programas de desarrollo social y económico.

            Además de los principios legales y doctrinarios que sustentan la educación y la modalidad de especial, antes referidos, debemos tomar en consideración que los problemas educativos deben ser entendidos en el conjunto de los problemas sociales, culturales y políticos, inherentes a la existencia y convivencia humana. En tal sentido, resulta obvio que lo educacional y lo social son dimensiones dentro de la estructura social estrechamente conectados. De tal manera que la educación entendida como una actividad social se cumple siempre y en cualquier situación, siendo a la vez un agente o mediador fundamental en el proceso de socialización de los miembros de una sociedad. La educación debe tender no solo a la conservación de valores culturales, sino también a propiciar el progreso y el cambio (Prieto,1985);  (Esté, 1986)  (Guédez, 1987). (Citados en ME-DEE, Doc. Normativo D.V. 1990). Sobre el particular, Prieto (1985), plantea que la educación está condicionada en todos sus aspectos por factores ideológicos y sociales, del mismo modo que el sistema de vida se halla determinado por el tipo de educación que le corresponda a los individuos que participan en dicho sistema social.

            Desde una perspectiva sociológica, la sociedad en su legítimo propósito de garantizar su subsistencia y el curso de su desarrollo, idea mecanismos y redes, correspondiéndole a la educación, jugar un papel determinante en la transformación de poderes, valores, formas y contenidos adquiridos.

            Una postura crítica al respecto plantea, que la educación no puede ser entendida ajena a la realidad de los pueblos  y menos cuando éstos la demandan en su desarrollo.  La educación desde un punto de vista histórico-social, es una realidad que ha estado sometida a las condiciones del tiempo y el espacio, manteniendo una relación de reciprocidad con los elementos que la determinan, lo que ha garantizado su evolución orgánica y expresión social con una connotación ideológica, ya que la educación emerge de la sociedad, sustentada en sus postulados y manifiestos. (ME-DEE, Doc. Normativo D.V. 1990).

       En este orden de ideas, es de notar, como la realidad socioeconómica confrontada en los últimos cuarenta años, particularmente en los países tercermundistas de América Latina, ha demandado en el ámbito educativo, posiciones pedagógicas mas consustanciadas con la realidad social.

       En tal sentido, educar no es solamente transmitir conocimientos, sino crear una situación pedagógica que facilite en el hombre el descubrirse a si mismo y a la vez aprender a tomar conciencia del mundo que lo rodea, a descubrir las posibilidades y a actuar sobre la realidad y transformarla (Freire, 1978.  citado en ME-DEE, Doc. Normativo D.V. 1990). Por otra parte, partimos de que el alumno es una unidad biopsicosocial, con implicaciones emocionales, intelectuales, físicas y sociales, dependientes de cada sujeto en particular, por lo tanto, se plantea la necesidad de formular y definir claramente los objetivos que se persiguen, basados en la identificación de necesidades y con miras a facilitar la evaluación de los aprendizajes. Así mismo, se debe considerar para una mejor comprensión del individuo, que el desarrollo humano incluye procesos de razonamiento, transferencia, maduración y secuencia de habilidades del pensamiento (Piaget). Según  lo planteado por Piaget  (1975), quien considera que la acción pone en marcha todos los mecanismos analíticos y pre-inferenciales, los cuales llevan al niño a la solución de un problema, construyendo el conocimiento a lo  largo de la vida en un proceso  ininterrumpido, donde la edad está relacionada con el ambiente cultural y social del educando.

       Partiendo de que el conocimiento es un proceso  que se construye a través de la acción, las sensaciones y percepciones son formas primarias e incompletas  si no están acompañadas de la acción donde el hombre no solo contempla la realidad, sino que puede transformar el espacio físico y sus propias estructuras de conocimiento, situación ésta, en la cual el papel de la educación es preponderante que considera al educando como un ser social en constante interacción con su medio circundante.  Sloan (1981 Citado en ME-DEE, Doc. Normativo D.V. 1990). refiere que la intervención del hombre en su realidad y la posibilidad de transformarla, está determinada por la importancia del discernimiento en el conocer, lo cual lo lleva a identificar y a comprender lo que es fundamental en el conocimiento y a descubrir su significado intrínseco.

            Una concepción del conocimiento y del conocer que le dé importancia al significado, al propósito y a los valores ubica a la educación en un nivel fundamental.  De allí que un auténtico cambio de premisas en la comprensión del conocimiento, una transformación en las formas del conocer, le da a la educación una profunda y trascendente dimensión social, que concibe al educando como un todo, por lo cual la educación debe ser integral que tome en cuenta el desarrollo intelectual, emocional, social y físico. En consecuencia  la educación debe darle relevancia a la razón como objeto y medio del conocer,  ya que conduce al ser humano a la construcción de su propio conocimiento, mediante la observación del mundo circundante, su acción sobre los objetos, la información que recibe del exterior y la reflexión de los hechos que observa.
            Según Vigostzki (1926),  el aprendizaje es la función mas importante en la evolución del pensamiento infantil y en la formación integral de la personalidad, en el cual el lenguaje como hecho social juega un papel de suma importancia. Según este autor, el aprendizaje puede darse en dos niveles, uno real y otro potencial, en el primero el niño resuelve distintos problemas de acuerdo a su capacidad y en el potencial, el niño requiere de pautas o ayudas para la solución de problemas que no está en capacidad de resolver debido a su grado de madurez. De aquí la importancia de la ayuda del adulto (padre, maestro...) o la colaboración de otro compañero mas capaz.
            En tal sentido, Vigotzki denomina “la zona de desarrollo próximo; la  posibilidad del niño de realizar por si solo, lo que antes realizaba con ayuda,lo cual se produce debido a la estimulación y activación de los procesos internos mediadores en el marco de las interrelaciones que se convierten en adquisiciones aprendidas.  Esto   lleva a la psicopedagogía moderna a estudiar la capacidad de aprendizaje de los niños bajo parámetros mas amplios, en los cuales, el maestro debe planificar de acuerdo a la zona de desarrollo próximo, no solo para lograr mejor capacidad sino para la formación de un ser solidario y participativo desde la mas tierna edad. Desde este punto de vista el aprendizaje no equivale a desarrollo , pero puede poner en marcha una serie de procesos evolutivos, ya que el sistema de los procesos internos es condicionado por ciertos sistemas de acciones externas. En este sentido podemos asumir el papel del aprendizaje, como motor acondicionante del desarrollo, requiriendo la escolarización temprana, máxima atención ,debido a que en cierta forma el desarrollo de los procesos internos dependerá en gran medida de la actividad escolar. Ésta última deberá mantenerse dentro de un marco de libertad de acción y estimulación, que permita al niño la exploración de los procesos del pensamiento, tales como: comprensión, asociación, generalización y abstracción.
            De acuerdo con lo antes planteado, la educación desde una orientación pedagógica considera  que la evolución del hombre como ser social, está sujeta a distintos cambios de la organización social, producto de contradicciones y condiciones propias de cada época.
            La formación del niño como ser social depende de las condiciones del medio, pero a su vez, su naturaleza orgánica y psicológica le permiten desarrollarse de manera distinta a cualquier otro ser viviente. Estas condiciones del niño influenciadas  por el medio deben ser guiadas  indirectamente por el maestro.
            Desde el punto de vista epistemológico, la educación desde una dimensión social exige una concepción educativa distinta a la tradicional, que conduzca a cambios significativos en la mentalidad humana, donde el hombre recobre su valor y condición de persona (Guédez, 1987 citado en ME-DEE, Doc. Normativo D.V. 1990).

            Desde un punto de vista pedagógico, es necesario considerar en primer lugar que la educación y la pedagogía son instancias o dimensiones estrechamente relacionadas, siendo la instancia pedagógica un campo de aplicación del contexto histórico, que es la educación.  Lo pedagógico traduce en fines educacionales y en estilos estratégicos, el conjunto de demandas de la sociedad, constituyendo en si misma una dimensión teórico-práctica. Por lo tanto la pedagogía es entendida como un recurso teleológico y un instrumento metodológico de utilidad prospectiva a la educación. Una acción educativa sin esquemas normativos conduciría a resultados casuísticos, sin trascendencia heurística (Lemus, 1987; Guédez, 1987. citado en ME-DEE, Doc. Normativo D.V. 1990).

            Partiendo de las consideraciones anteriores, tenemos que la Educación Especial como modalidad del sistema educativo que atiende a un sector poblacional constituido por niños, jóvenes y adultos con necesidades especiales, plantea como finalidad la integración social en términos de la interacción del individuo con sus semejantes, así como su participación en la comunidad, impulsando el cambio y el desarrollo de la realidad (Gómez, 1998. citado en ME-DEE, Doc. Normativo D.V. 1990). De esta forma  la educación entendida como un fenómeno de carácter social, es garantía del progreso de la sociedad, de tal manera que la educación desde una óptica humanística, concibe la naturaleza y alcance del proceso educativo como un problema de la persona, la sociedad y la cultura.

            En síntesis, la atención educativa de las personas ciegas o deficientes visuales, ya sean éstas, niños, jóvenes ó adultos y estén en cualquiera de los niveles y modalidades del Sistema Educativo venezolano, se fundamenta en postulados de órden filosófico, legal, psicológicos, sociológicos y pedagógicos, tanto de carácter nacional como internacional, que sirven de soportes para la conformación del Modelo de Atención Educativa Integral.


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