Por: María Victoria Hernández Pérez
*Docente Especialista del Equipo de Integración Social N° 9. Ex Directora de EE
http://www.aporrea.org/educacion/a183227.html
Es importante escuchar las versiones acerca de la transformación de la educación especial,para hacer un debate de los pro y los contra de dicha transformación,para unos muy buena, para otros una catástrofe.
¿ Quién tiene la razón?
De mi parte asumo una posición imparcial, Pienso que los cambios son buenos en la medida que faciliten mejoras a la población estudiantil.
Quise publicar la opinión personal de esta docente,sin compartir su análisis y fundamentos.
Prof. Miguel Hernández
A dos años de la imposición de la Reforma de Educación Especial 2012, por “órdenes verbales” de las autoridades del Ministerio del Poder Popular para la Educación Básica y a espaldas de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y normativa legal que sustenta a la Educación, los resultados nefastos del desmantelamiento y la desintegración del Modelo de Atención Educativa Integral y de un sistema de planteles y servicios que permitía su operacionalización, deja a su paso:
1° Niños de alto riesgo, de 0 a 3 años de edad, fuera del sistema educativo y sin atención integral por parte de los equipos interdisciplinarios, tratados como enfermos y remitidos a los centros de salud quienes refieren que “no” son población a ser atendida por los mismos. Como consecuencia, la etapa de desarrollo más importante para nuestros niños que les permite alcanzar niveles de compensación de sus limitaciones y potenciar las fortalezas, queda desasistida.
2° Niños de 3 a 6 años de edad, al igual que la población de 0 a 3 años, quedan sin atención integral con el cierre de los Centros de Desarrollo Infantil, para ser incluidos en Centros de Educación Inicial para la diversidad funcional, de visión escolarizante y excluyente. Cabe resaltar que dichos Centros de Educación Inicial no cuentan con el equipo de profesionales de las diferentes disciplinas que atienden los aspectos (de tipo biológico, psicológico y social) de la vida del niño y garantizan su estimulación y atención integral temprana requerida.
3° Niños, niñas y adolescentes con necesidades educativas especiales o con discapacidad de 6 a 15 años de edad, enviados a la escuela regular sin contar con la preparación previa y desarrollo de competencias básicas para su inclusión escolar. Ni las escuelas regulares cuentan con las condiciones mínimas favorables para garantizar su prosecución, permanencia y culminación escolar a lo largo del sistema educativo.
4° Promoción de los estudiantes incluidos en la Educación Regular, bajo el criterio filantrópico de la lástima y no de exigencias académicas que respeten el desarrollo de su potencial de manera integral y logro de competencias académicas en la medida de sus posibilidades y fortalezas.
5° Incremento de la Exclusión Escolar de la población con necesidades educativas especiales o con discapacidad.
6° No aceptación de los estudiantes con necesidades educativas especiales o con discapacidad en la Educación Regular.
7° Población con discapacidad a partir de los 20 años enviados a sus hogares, debido a exigencias de los Talleres de Educación Laboral por lineamientos emanados en forma verbal por las autoridades del nivel central del MPPEB, los cuales se reconvierten en Escuelas Técnicas Robinsonianas, de visión escolarizante, excluyente y sesgada del ser humano y su formación. En el entendido que cada escuela técnica debe elaborar su propio currículo institucional, negando a la población atendida su acceso al currículo general, así como a la posibilidad de ser formado en un oficio que garantice su independencia y futura integración socio laboral.
8° Personas con discapacidad, padres, representantes y demás familiares, así como personal de la Modalidad de Educación Especial, victimas del atropello y arbitrariedad de autoridades educativas que, al mejor estilo y métodos de IV República, se hacen los oídos sordos ante los llamados de alerta y auxilio de los actores corresponsables del hecho educativo, quienes cuentan con conocimientos y experiencia familiar, laboral, profesional y científica suficiente como para brindar su aporte en beneficio de la atención educativa integral de nuestra población. Evidencias de este atropello pueden encontrarse en reportajes de la prensa nacional y programas de opinión de la radio y la televisión.
9° Denuncias del personal de la Modalidad de Educación Especial, así como de familiares, en Consejos de Protección del Niño y el Adolescente y Tribunales de Menores, de algunos Estados del país. Evidencias reflejadas en la prensa nacional.
10° Carencia de lineamientos escritos, resolución, decreto, Conceptualización y Política u otro documento normativo que oriente el qué, por qué, hacia dónde y cómo de la Transformación impuesta mencionada. Aún a dos años de su imposición no ha sido emanado documento alguno que sustente dicha Reforma.
11° Según información de la Directora Nacional de Educación Especial, Yelitza John en un derecho a réplica que pidió a Globovisión el año 2013, de lo que se trata la Reforma de Educación Especial 2012 (como ella misma la denominó en dicha programación) es, de una “reconducción del presupuesto y de los recursos humanos de Educación Especial debido a que no hay dinero”. Dicha afirmación se traduce en lo concreto en cierre de nuestros servicios (Centros de Desarrollo Infantil, Centro de Atención a la persona con Autismo, Aulas Integradas, Equipos de Integración, Centros de Atención Integral a las personas con Deficiencias Visuales, Centros de Atención Integral a las personas con Impedimento Físico) y algunos planteles (Escuelas de Deficiencias Auditivas fundamentalmente); reubicación del personal en los Centros de Diagnóstico, Orientación, Formación y Seguimiento y en las aulas regulares de la Educación Inicial, Primaria y Media General; reubicación del personal docente de las aulas integradas, como personal fijo en las aulas regulares bajo la figura administrativa de personal de apoyo del docente regular, cambiando sus funciones y equiparando su ejercicio al de auxiliar docente y con ello violentando la carrera docente de nuestro personal; reubicación del poco personal técnico administrativo con el que contaba la Modalidad de Educación Especial en los CDOFS; eliminación de las Coordinaciones y docentes en función supervisora de Educación Especial de los Distritos Escolares cuya función es asumida por los CDOFS.
12° Creación de los Centros de Diagnóstico, Orientación, Formación y Seguimiento (Uno por Municipio y Caracas uno por Parroquia), los cuales tienen funciones múltiples en lo que respecta a la evaluación, diagnóstico y referencia a los educandos a las escuelas cercanas a su domicilio; orientación a padres y personal de las escuelas; formación docente al personal docente y; función supervisora de las escuelas para la diversidad funcional y del personal docente de Educación Especial que quedó asignado a las aulas regulares para la inclusión escolar de la población con necesidades educativas especiales. Como se observa, no se contempla la atención directa a nuestra población en lo que respecta al abordaje integral en los aspectos biológico, psicológico, educativo, motor y social de la población en el proceso de inclusión e integración escolar y social.
13° Eliminación de la atención integral a la población con dificultades de aprendizaje inscrita en los planteles de Educación Regular; no siendo contemplada dicha población en la única presentación del planteamiento de la Reforma de Educación Especial que fue realizada al personal a inicios del 2012. Material que nunca fue entregado.
14° Cabe resaltar que el Modelo impuesto es un Modelo Rehabilitatorio de corte neoliberal, el mismo que quedó inconcluso a finales de los años 80 y principios de los años 90, el cual se retoma hoy a espaldas de los avances pedagógicos, científicos, legales y laborales de Venezuela y el Mundo; así como de los logros del aporte colectivo, alcanzados en 14 años de Revolución Bolivariana. Incluso aportes de la base magisterial en su lucha en contra de las políticas neoliberales durante la IV República.
15° Imposición de una terminología de la persona con alguna condición, de diversidad funcional no aceptada ni a nivel nacional ni a nivel internacional, por carecer de sustento científico, pedagógico, teórico y legal. El mismo responde a una visión sesgada, clínica y conductista del ser humano. Siendo cuestionada por la población con necesidades educativas especiales o con discapacidad.
…Mientras todo esto ocurre en nuestro país, nuestra población con necesidades educativas especiales o con discapacidad engrosa las matrículas de Instituciones (planteles y servicios) de Educación Especial del sector privado, en una acción desesperada de sus familiares, quienes sortean la búsqueda de ayudas económicas por parte de organismos oficiales y privados. Y los profesionales de Educación Especial, como práctica de nuestra labor nos hemos visto en la obligación de apoyarlos en su búsqueda incansable.
Pronunciamiento que hago, de manera pública y frontal, para conocimiento de las autoridades educativas que hoy asumen la conducción del Ministerio del Poder Popular para la Educación con la esperanza de que sabrán hacer Justicia para con nuestros niños, niña, adolecentes, jóvenes y adultos con necesidades educativas especiales.