Provisional de Educación, crea el 25 de mayo de 1949, el Departamento de
Psicopedagogía en la Sala Técnica del Consejo Técnico de Educación (Fuente:
Estatutos Provisional de Educación, Artículo 184). Sus responsabilidades eran 1.
Elaborar test escolares, 2. Organizar laboratorios de psicotécnica y colaborar con
los servicios de supervisión en la preparación y aplicación de instrumentos para la
evaluación del trabajo escolar y docente, 3. Planear y proponer las medidas
adecuadas a la formación de personal técnico especializado en este campo de
trabajo, las demás funciones que exija la índole de este departamento.
Durante los años 50, la Sala Técnica del Ministerio decide crear una política
de atención integral al estudiante, dando origen a la atención individual del
estudiante a través de los servicios de Bienestar Estudiantil y a políticas de
formación del talento humano requerido para tal fin. En consecuencia, para los
años 60 se seleccionan un grupo de docentes para ser formados en tareas y
funciones de orientación mediante cursos cortos ofrecidos por el Ministerio, que
contrata profesores del exterior (USA, Puerto Rico y Panamá) para las materias de
información académica-ocupacional, prueba psicotécnica y asesoramiento
vocacional e individual, entre otros temas. Algunos de los egresados de estos
cursos, continuaron estudios en el exterior a nivel de maestría en orientación con
énfasis en lo vocacional y académico. Desde la década de los años 60, se asume
que la orientación es un servicio para la atención de todos los asuntos de
desarrollo de los estudiantes como personas y como miembros de las
comunidades.
4 A finales de los 60, algunas universidades públicas (Universidad de
Carabobo, Universidad Central de Venezuela, Universidad de Los Andes, La
Universidad del Zulia) inician los programas de formación en orientación en el
ámbito de pregrado, como parte de los programas de Licenciatura en Educación.
Durante los años 70, algunos de los primeros egresados de estos programas,
quienes estaban vinculados a las universidades nacionales, salieron al exterior a
proseguir estudios de maestría y doctorado. También en esta década, emergen
nuevas demandas de los servicios de orientación en contextos distintos al
educativo; tales como, jurídico con roles, tareas y funciones para la orientación de
jóvenes en su proceso de reinserción a la familia y la comunidad; en el sector
salud, varios orientadores se incorporaron para trabajar con procesos de salud
integral. En el contexto laboral, orientadores comenzaron a liderar procesos
medulares en empresas y a ocupar cargos relevantes a nivel gerencial.
Para la década de los 80 ocurren dos eventos trascendentes en Orientación
en el ámbito nacional. El 17 de junio de 1981 en la ciudad de Rubio, estado
Táchira, tiene lugar el 1er Encuentro Nacional de Orientadores y se acuerda
realizar encuentros anuales en diferentes estados del país, con la finalidad de
compartir experiencias y actualización de conocimientos en la disciplina. Para el
año 1984, mediante la resolución 12, el Consejo Nacional de Universidades (CNU)
eleva a Postgrado las especialidades de las carreras de pregrado, eliminándose
así la Mención Orientación en el ámbito de pregrado, a excepción de La
Universidad del Zulia y la Universidad del Carabobo.
Una consecuencia de esta decisión fue que 10 instituciones desarrollan
programas de Maestría en Orientación, las cuales no forman el perfil para el
ejercicio profesional de la Orientación y, por lo tanto, no pueden ser empleados
como orientadores, quedándose la responsabilidad de formar orientadores
profesionales para todo el país, en las instituciones mencionadas. Un efecto
adicional ha sido que ambas instituciones han contribuido con el desarrollo de la
Orientación como disciplina y como praxis social, sus profesores y sus egresados
se han constituido en la vanguardia en materia de orientación en el país y en
guardianes del acervo socio histórico de la orientación venezolana. En junio de
1985, en la ciudad de Mérida, en el marco del 5to Encuentro de Orientadores se
aprueba el 1er Código de Ética del Ejercicio Profesional de la Orientación en
Venezuela. A finales de los 80, se asume un nuevo paradigma centrado del
desarrollo humano con una visión ecológica, holística, sistémica, compleja, inter y
multidisciplinaria.
Para los años 90, el Ministerio de Educación hace una revisión curricular
profunda, asumiendo una nueva filosofía centrada en la pedagogía activa, en el
aprendizaje significativo en la planificación de proyectos y la participación
interactiva. Declarándose que el docente es un aliado estratégico para la atención
primaria incipiente en materia de orientación en aula, estimándose que en tal
5sentido se necesitaría un número menor de orientadores profesionales; sin
embargo, con el tiempo se demuestra lo contrario; se genera una crisis en
diferentes procesos que suelen ser atendidos por los profesionales de la
orientación: tales como, desarrollo personal, proyecto de vida y elección
vocacional, atención de crisis propias del desarrollo humano durante el ciclo
escolar, desarrollo de familia y comunidad, detención temprana y desarrollo de
talentos múltiples, inserción laboral; procesos que demandan competencias
adicionales que el docente de aula no es formado en ellas y que su experticia en
ejecución diaria no las contempla.
Durante esta década, en 1996, se crea el gremio de orientadores, en el
marco del XVI Encuentro Nacional de Orientadores en la ciudad de Valera,
estado Trujillo, naciendo así la Federación Venezolana de Asociaciones de
Orientadores (FAVO). A nivel internacional, se celebra por primera vez en el país
el I Congreso Mundial de Orientación en el año 2000, auspiciado por la Asociación
Internacional de Orientación Educativa, Vocacional y Profesional (AIOPS) en
alianzas con la Universidad de Carabobo, La Universidad del Zulia, Universidad
Central de Venezuela y Universidad Pedagógica Experimental Libertador y el
Ministerio de Educación. En virtud de los impulsos científicos y de la praxis de la
Orientación, en el año 2004 comienza a celebrase en forma anual el Congreso
Interdisciplinario de Orientación, y en el año 2005, se celebra el II Congreso
Latinoamericano de Orientación en la ciudad de Maracaibo, en La Universidad del
Zulia. Posteriormente, en el Marco del III Congreso Venezolano Interdisciplinario
de Orientación y el I Congreso Latinoamericano de Formadores de Orientadores,
en Valencia, estado Carabobo, se crea la Red Latinoamericana de Profesionales
de la Orientación en año 2006.
Para el siglo XXI se experimentan cambios en la visión de las ciencias que
estudian al ser y la sociedad, produciéndose diversas discusiones que han
conducido a la re-conceptualización del paradigma del Desarrollo Humano. De
manera que el desarrollo de la persona y de la comunidad ahora se entienden
como dos polos de un mismo y único proceso, en esta nueva visión del desarrollo,
las acciones para educar al ser humano, se han sustentado en este nuevo
paradigma, fortaleciendo el currículo integral. En consecuencia, los procesos
educativos centrados en el conocer y en el hacer han incorporado las dimensiones
del ser, convivir y servir como su norte formativo, propiciando el desarrollo integral
de la persona para la transformación plena de la sociedad en aras de la justicia, la
equidad y la inclusión.
6JUSTIFICACIÓN
La transformación socio-política contemporánea que se vive en Venezuela
demanda de la Educación una participación activa para formar un ciudadano
republicano apto y competente para vivir en una sociedad pluri-étnica, solidaria,
con sentido de comunidad. Esta gigantesca labor educacional es posible y se
hace viable con la acción educadora de la Orientación, tanto en el ámbito
educación formal y más allá de éste: familia, comunidad, empresas y cualquier
otra forma de organización humana. El Sistema Nacional de Orientación responde
directamente a las necesidades y requerimientos del desarrollo del Ser y del
Convivir en concordancia con el Conocer, Hacer y Servir, demandadas en nuestra
sociedad bolivariana contemporánea en construcción.
El Sistema Nacional de Orientación asume los retos del apoyo de los
procesos de formación del ciudadano caracterizado por valores propios del
humanismo, solidaridad, participación protagónica, co-responsabilidad,
sentimiento de pertenencia, sentido de patria y una profunda convicción ecológica.
El Sistema Nacional de Orientación regula, organiza, promueve, integra y fortalece
el desarrollo de programas, planes y servicios de orientación, que ya existen en
forma desarticulada y dispersas en diversas instituciones y comunidades, en los
ámbitos local, regional y nacional, y creando aquellos que se estimen como
necesarios.
FUNDAMENTOS
El Sistema Nacional de Orientación se sustenta en un conjunto de fundamentos
que soportan la acción educadora de la orientación mediante su praxis social y
desde los cuales se derivan los indicadores que permiten identificar el retorno de
los logros planteados en las finalidades del Sistema. Los fundamentos se
describen en los siguientes términos:
Filosóficos
Para el Sistema Nacional de Orientación se asume una visión de la persona
como un ser de naturaleza bondadosa, positiva, interpersonal, relacional,
contextual, comunal y con capacidad innata para entenderse a sí mismo y talentos
suficientes para asumir los retos de la vida familiar, laboral y social en su
continuo humano. Por lo tanto, es una persona tendente a la actuación ética y
responsable para la construcción de la excelencia, la autorrealización, la
autogestión intencional, la autonomía e independencia cognitiva, emocional y de
actuación. Bajo esta inspiración, la persona es concebida como el ser productivo
7en proceso permanente de convertirse en actor y creador de sí mismo y de sus
circunstancias ecológicas, ambientales y socio-comunitarias.
Pedagógicos
El Sistema Nacional de Orientación se sustenta en una visión pedagógica
para todas sus acciones, traducidas en los programas, planes y servicios dirigidos
a atender las necesidades y requerimientos del desarrollo de las personas durante
la evolución de su ciclo vital. Para ello, se requiere un abordaje orientador de las
personas y sus talentos, desde una visión pedagógica liberadora y constructivista.
Bajo este enfoque, se entiende que las personas son creadoras de saberes, a los
cuales le otorgan significado y lo hacen suyo de acuerdo con su realidad, lo
personalizan y son capaces de entender el cómo esos saberes son aplicados
para generar cambios en sí mismos y en su contexto socio-comunitario. Esta
visión pedagógica considera que los seres humanos pueden hacer contacto con
sus capacidades para ser personas en pleno funcionamiento, de generar acciones
concretadas en su hacer diario, convivir y servir en una eco-sociedad que
demanda solidaridad y co-responsabilidad ciudadana.
Complejidad Humana
Desde el Sistema Nacional de Orientación se asume una visión compleja
integrada por varias dimensiones: la ecología, la antropología, la espiritualidad y lo
planetario. Esta visión integral se sustenta en los aportes de Morin (1998). Es
necesario aprender a estar-ahí en el Planeta; es decir, aprender a vivir, a
compartir, a comunicarse, a comulgar: es todo aquello que sólo se aprende en y
por las culturas singulares y también como humanos del Planeta Tierra. No
solamente ser de una cultura sino también ser habitantes de la Tierra. Dedicarse
no sólo a dominar sino a acondicionar, mejorar y comprender. Debemos inscribir
en nosotros la conciencia antropológica, que reconoce nuestra unidad en nuestra
diversidad. La conciencia ecológica, es decir, la conciencia de habitar con todos
los seres mortales una misma esfera viviente (biósfera); reconocer nuestro lazo
consustancial con la biósfera nos conduce a abandonar el sueño prometeico del
dominio del universo para alimentar la aspiración a la convivencia sobre la Tierra.
La conciencia cívica terrenal, es decir, de la responsabilidad y de la solidaridad
para los hijos de la Tierra. La conciencia espiritual de la humana condición que
viene del ejercicio complejo del pensamiento y que nos permite a la vez criticarnos
mutuamente, auto-criticarnos y comprendernos entre sí.
8MARCO LEGAL
El dinamismo cultural social y los avances de la ciencia y la tecnología a lo
largo del siglo XX crearon un marco referencial igualmente dinámico que es
necesario considerar al momento de interpretar los textos legales que
fundamentan el hecho educativo y en particular el ejercicio profesional de la
Orientación. En efecto, la acción operativa de los paradigmas interviene al
decodificar los alcances del texto establecido por el legislador en el mandato
constitucional y en el cuerpo legal que de él se deriva.
Durante la época de la post-guerra en los países de Occidente El
PARADIGMA DEL DESARROLLO HUMANO tuvo la connotación del desarrollo de
las potencialidades de la persona, quien a medida en que alcance su plenitud,
incide en el desarrollo de su entorno familiar y social del cual es parte. En los
países de Oriente, en cambio, se tuvo una visión diferente: El desarrollo de las
potencialidades de la comunidad, la cual, en la medida que alcanza su plenitud,
crea los espacios y potencia el desarrollo personal de los individuos que la
integran. El paradigma centraba su polo de atención en el desarrollo de la
comunidad y su familia.
Para 1998, en el evento de la UNESCO sobre la Educación Superior del siglo
XXI, se asume el nuevo paradigma del desarrollo humano en el cual el desarrollo
de la persona y de la comunidad son dos polos de un mismo y único proceso a lo
largo del continuo humano. Es muy importante entender que este nuevo
paradigma enmarca la interpretación del texto legal del hecho educativo en la
Venezuela en el siglo XXI y, en particular, en lo referente a la opción del legislador
por el Currículo Integral en el Sistema Educativo Venezolano.
El desarrollo de la educación en Venezuela condujo a establecer el Modelo
del Currículo INTEGRAL en el Sistema Educativo, lo cual se concretó en 1961,
mediante el Art. 80 de la Constitución Nacional, se ratificó en 1972 con el Artículo
3 de la Ley de Universidades, en 1980 con los Artículos 3, 6 y 15 Nº 4 de la Ley
Orgánica de Educación (LOE) y en 1999 en el Artículo 102 de la Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela.
En consecuencia, el desarrollo del componente Personal-Social debe ser
garantizado en los Planteles de Educación Formal a través de planes y programas
elaborados a tal fin y para su adecuada atención, se requiere la participación de
los Profesionales de la Docencia especialistas en el Área: Licenciados en
Educación, mención Orientación (Art. 105 Constitución de la República Bolivariana
de Venezuela - Art. 77 y 78 Ley Orgánica de Educación).
9
La estructura del Sistema Educativo es establecida en el Artículo 16 de la
Ley Orgánica de Educación, como Niveles y Modalidades y para cada uno de ellos
la ley ratifica el modelo Integral. En efecto: Nivel de Educación Pre-escolar (Educación inicial) Artículo 17 y 20 LOE
Nivel de Educación Básica. Artículo 21 LOE (Primaria: 1ro al 6to grado, Misión
Robinson)
(Bachillerato: 1ro al 3er año, Misión Ribas)
Nivel de Educación Media Diversificada y Profesional. Artículo 23 LOE
(Bachillerato: 4to y 5to y Escuelas Técnicas Robinsonianas y Misión Ribas)
Nivel de Educación Superior. (Misión Sucre) Artículo 25 y 27 LOE – Art. 3-4-5 y 6
de L.U.
Modalidad Educación Especial. Art. 33 y 34 LOE
Modalidad Educación Estética y Formación para las Artes Art. 36 LOE
Modalidad Educación Militar. Art. 37 LOE
Modalidad Educación para la Formación del Culto. Art. 38 LOE
Modalidad Educación de Adultos. Art. 39 y 42 LOE
Modalidad Educación Extra-escolar. Art. 44 y 45 LOE
En cada uno de estos niveles y modalidades, conforme al Artículo 14 y 107
de la Ley Orgánica de Educación, debe haber espacios curriculares para la
Orientación sustentados en políticas públicas pertinentes y servicios que permitan
el logro de la teleología o finalidad del currículo establecidos en la Constitución y
la Ley, razón por la cual, las tareas y funciones de los Orientadores, como
educador especialista de los procesos del desarrollo humano, nacen, se
desarrollan y se dirigen a facilitar el desarrollo integral de los y las estudiantes en
cuanto a sus competencias en el ser, convivir y servir, para lo cual el Artículo 79
del Reglamento General de la Ley Orgánica de Educación prevé los servicios de
orientación en el plantel o en núcleos de atención integral (CECOPRODE y
COPRODE). Al mismo tiempo, en el Art. 116 de la Ley se establece como falta de
los planteles privados numeral 4, el no mantener la calidad requerida en la
enseñanza y la orientación escolar, entre otros exigidos por el Ministerio del PP
para la Educación.
Venezuela, en 1990, fue signataria de la Convención sobre los Derechos del
Niño realizada en la ciudad de Nueva York, sede de la Organización de las
Naciones Unidas, y el Estado como parte de la Convención se obligó al
cumplimiento de los Artículos 28 y 29, en donde se describen las características
de la Educación como corresponde al Currículo Integral, lo cual fue asumido por
el Congreso de la República mediante la Ley Aprobatoria de la Convención sobre
los Derechos del Niño, en agosto de 1990. Y en consecuencia, se ratifica el
Modelo Integral del Currículo en el sistema educativo venezolano.
En este marco conceptual, se ubican los alcances de los acuerdos logrados en
la discusión de la Cláusula Nº 30 de la IV Convención Colectiva de Trabajo (VII
Contrato Colectivo) de los trabajadores de la educación, dependientes del MED, el
11 de marzo de 2004, en el marco de las deliberaciones de la contratación
colectiva que fue aprobada en los siguientes términos:
10“El Ministro de Educación y Deporte conviene a partir de la firma y depósito
de la presente Convención Colectiva de Trabajo, en garantizar el
funcionamiento del servicio de orientación o protección y bienestar
estudiantil, en cada uno de los planteles educativos de los diferentes
niveles y modalidades sobre la base del siguiente número de profesionales
de la docencia en orientación, para laborar a tiempo convencional en la
jerarquía de docente de aula o a tiempo completo en la jerarquía de
docente coordinador, según el caso, para ejercer funciones propias de su
especialidad, previo cumplimiento del concurso de ingreso o ascenso de
conformidad con lo establecido en el Reglamento del Ejercicio de la
Profesión Docente.
Planteles hasta diez (10) secciones: un (1) orientador.
Planteles entre once (11) y veinte (20) secciones: dos (2) orientadores.
Planteles de veintiún (21) o más secciones: tres (3) orientadores.
Aprobada en acta de fecha 11 de marzo de 2004”
FUENTE: Contrato IV Convención Colectiva de Trabajo (VII Contrato
Colectivo) de los trabajadores de la Educación dependientes del M. E. D.
2004 – 2006.
La anterior cláusula genera deberes para el Ministerio que optimizan el sistema
educativo, al obligarse a garantizar el funcionamiento de los servicios de
Orientación en todos los planteles educativos de todos los niveles y modalidades,
sin excepción y al mismo tiempo, genera derechos a los Orientadores como
Profesionales de la Educación provistos del título docente respectivo para el
cumplimiento de las funciones, roles y tareas de estos Servicios, conforme a lo
dispuesto en el Art. 105 de la Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela y el Artículo 78 de Ley Orgánica de Educación.
Esta Cláusula crea para el Orientador a nivel laboral dos posibilidades de
dedicación en su contratación para las funciones de Orientación: Docente a
Tiempo Convencional, según las necesidades en la institución y Docente a
Tiempo Completo para las funciones de Coordinación. En consecuencia, se abren
las posibilidades de horas extras para éstos, según las necesidades del plantel, en
turnos alternos o en instituciones diferentes.
Al interpretar los textos legales que rigen la actividad docente al momento de
diseñar y planificar el hecho educativo y, en particular, el ejercicio profesional de la
Orientación, es evidente la incidencia del paradigma de la complejidad en el
estudio y comprensión de la realidad desde una perspectiva científica y en el
Currículo Integral. En efecto, el avance de la Ciencia y de la Tecnología durante el
11Siglo XX llevó la visión del conocimiento de las disciplinas desde enfoques
aislados, uni y multidisciplinares a una visión sistémica, dinámica e interactuada
del saber y, en consecuencia, a una práctica social del conocimiento en forma
inter y trans-disciplinaria y a una visión holística del ser Humano y sus
circunstancias.
El paradigma de la complejidad, condiciona la interpretación del texto legal que
rige el hecho educativo a la visión de la inter y transdisciplinariedad al momento
del diseño, planificación, ejecución y evaluación del hecho educativo además de la
disciplina de la pedagogía, la didáctica o la andragogía, tanto más cuando se trata
de la teleología del currículo centrado en el desarrollo integral humano, lo cual es
convergente con el enfoque centrado en el desarrollo de competencias propuesto
por la UNESCO y asumido por el modelo de la Escuela Bolivariana.
Desde esta perspectiva, el “derecho de toda persona a una educación integral
de calidad, permanente, en igualdad de condiciones y oportunidades, sin más
limitaciones que las derivadas de sus aptitudes, vocación y aspiraciones”, tal como
lo consagra el Art. 103 de la Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela, requiere a la luz de este paradigma en lo que respecta a la Orientación
como disciplina y como servicio, una atención personal - familiar –comunitaria-
social con las características de la multi – inter y trans-disciplinariedad prevista en
la Ley Orgánica de Educación, en los artículos 6, 14 y 107 y en el 79 del
Reglamento General de la Ley Orgánica de Educación.
La presencia de la Unidad Curricular Orientación, para el trabajo del
Orientador en el aula, requiere fortalecimiento mediante el diseño, planificación y
ejecución de actividades y servicios fuera del aula, en programas que potencien el
desarrollo integral de los y las estudiantes y sus familias en su dinámica con la
Escuela y la Comunidad en confluencia con los principios rectores de la Educación
Bolivariana.
Estas actividades y servicios requieren además de los aportes de disciplinas
afines en el estudio, comprensión y adecuada atención de las personas, mediante
la participación de profesionales de la Medicina, Psicología, Trabajo Social,
Psicopedagogía, Educación Especial y Derecho, entre otras, con la participación
de profesionales que desde sus respectivas disciplinas contribuyan al logro de los
fines del Currículo Integral. Es la esencia de los Centros de Protección y
Desarrollo Estudiantil en los planteles y en las redes o núcleos de atención extraescolar desde la comunidad para los planteles que carecen de estos centros.
El derecho a la Educación y el deber constitucional del Estado a garantizarlo
(Art. 102 – 103 y 104 de la CRBV) requieren la adopción de políticas y servicios
previstos en los Art. 14 – 15 y 16 de la Ley Orgánica de Educación. La adopción
del modelo Curricular Integral en base a Perfiles de Competencias, propuesto por
la UNESCO y asumido por el Modelo de la Escuela Bolivariana, hace necesaria la
creación del SISTEMA NACIONAL DE ORIENTACION, que propicie el desarrollo
12de las competencias en EL SER, EL CONVIVIR Y EL SERVIR, en la Educación,
mediante los subsistemas de orientación: ESCOLAR, EDUCACIÓN SUPERIOR,
COMUNITARIA Y SOCIOPRODUCTIVA.
Los subsistemas referidos a dar respuesta a las necesidades y requerimientos
de la educación permanente en el contexto organizacional – empresarial (laboral),
así como a los requerimientos de la educación permanente en el contexto de las
organizaciones comunitarias, están previstas en la modalidad de Educación extraEscolar Art. 44 y 45 de la LOE y en los art. 48 al 52 del Reglamento General de la
LOE.
El Ministerio del Poder Popular para la Educación Superior en conjunto con el
Ministerio del Poder Popular para la Educación son los rectores del Sistema
Nacional de Orientación, y ejecutarán sus programas con las diversas instancias
del poder público nacional, con las universidades y con las redes de atención y
Servicios a la Comunidad.
ALGUNOS SERVICIOS ESPECÍFICOS OFRECIDOS A LA
POBLACIÓN POR ÁREAS DE LA ORIENTACIÓN
(PERSONAL, ACADÉMICA, VOCACIONAL, LABORAL, COMUNITARIA)
ORIENTACIÓN PERSONAL
• Atención de los procesos de emancipación y liberación del potencial humano
• Atención individual (psicoterapia, salud personal, asesoramiento y consulta)
• Orientación para situaciones disfuncionales y de desarrollo de familia y de
parejas
• Crecimiento y desarrollo personal
• Orientación sexual
• Dependencia de sustancias
• Desarrollo de la identidad y autonomía personal
• Atención a los procesos de autoestima y auto-concepto
• Atención de los procesos de toma decisiones relativas a la autonomía en la
utilización de los recursos personales y de su contexto
• Atención a personas con discapacidad
• Atención en asuntos relacionados con crisis, desastres, eventos estresantes y
otras problemáticas relacionadas con la dimensión afectiva de las personas
• Orientación con personas adultas mayores y ancianos
• Orientación para la mediación de conflictos y procesos de paz en las
comunidades
• Atención de asuntos relativos a situaciones del desarrollo de niños y
adolescentes
• Planes de trabajo para el desarrollo personal de los miembros de la comunidad
• Atención de personas con enfermedades de impacto social
• Atención de población en situación de atención humanitaria (desplazados,
emigrantes, violencia social, étnicas)
• Atención de población víctimas de abusos (sexual, familiar, psicológico, acoso
laboral y jurídicos, entre otros)
33ORIENTACIÓN ACADÉMICA
• Asuntos relacionados con los procesos de aprendizajes
• Asuntos relacionados con los estilos de aprendizaje
• Asuntos relacionados con la corporalidad para los procesos de aprendizaje
• Asuntos relacionados con el manejo de la emocionalidad para el aprendizaje
• El desarrollo del entusiasmo del estudiante para el aprendizaje
• Asuntos relacionados con técnicas y hábitos de estudios
• Orientación con padres y representantes en asuntos relacionados con la
educación
• Escuela para padres
• Desarrollo del talento de estudiantes y otros miembros de la comunidad escolar
• Formación, asesoría y consulta a profesores en su role docente-orientador
• Asesoría para el desarrollo de las horas de orientación y de guiatura
• Mediación entre padres, representantes, estudiantes, profesores e instituciones
• Atención de asuntos relacionados con el desempeño de profesores y
estudiantes
• Organización de eventos de apoyo a los procesos de maduración del
estudiante
• Gestión de enlace con organismos e instituciones de apoyo a la comunidad
escolar
• Atención a procesos de desarrollo de habilidades sociales inter-estudiantes
• Diagnóstico de requerimientos y apoyo al desarrollo de servicios a los
estudiantes
• Asesoría académica para el desarrollo de los proyectos educativos (PEIC,
PAS, otros)
VOCACIONAL- PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO DE CARRERA
• Información académica y ocupacional
• Diagnóstico de tendencias y opciones de carreras disponibles a la comunidad
• Estudios vocacionales y elección de carrera
• Diseño y desarrollo de matrices de opciones de carrera individual
• Planificación y opciones de desarrollo de carreras
• Toma de decisiones vocacionales informadas
• Desarrollo de competencias ocupacionales y laborales
• Conformación de redes de empleo e inserción laboral
• Atención de procesos de re-orientación vocacional y laboral
• Formación continua y desarrollo del empleado
• Atención de asuntos relacionados con la jubilación y cambios del ciclo laboral
• Atención de asuntos de desarrollo de la persona en ambientes laborales
• Orientación para el cambio de carrera, empleo y reinserción laboral
34• Atención a los procesos de estrés laboral y burn-out (agotamiento)
• Atención de la familia y comunidad del empleado
• Atención de necesidades de empleados con capacidades disminuidas o
limitadas
• Vocación de servicios como parámetros de calidad
• Desarrollo de carrera en diversos contextos
ORIENTACIÓN LABORAL
• Diseño de perfiles ocupacionales y profesionales
• Procesos asociados al reclutamiento y selección de personal para diferentes
contextos
• Procesos de inducción y socialización del sistema humano en los diferentes
contextos
• Diseño de evaluación de procesos, personas, grupos, comunidades y
organizaciones en diferentes contextos
• Diseño de programas para el incentivo, reconocimiento y adjudicación de
beneficios a personas, grupos y comunidades dentro de los diferentes
contextos
• Diseño de programas de entrenamiento, adiestramiento, capacitación y
formación del talento humano
• Diseño de procesos de desarrollo de carreras y sucesiones
• Diseño de programas para el aprendizaje de las mejores prácticas
(Benchmarking) en los diferentes contextos
• Diseño de ofertas de programas de mejoramiento continuo en comunidades y
empresas.
• Diseño de procesos de desincorporación asistida del sistema humano
ORIENTACIÓN COMUNITARIA
• Asuntos relacionados con los procesos de autodeterminación de la comunidad
• Diagnóstico, acción y evaluación de potencialidades liberadoras de las
comunidades
• Conformación de grupos de tareas para atender asuntos vitales de la
comunidad
• Desarrollo de las capacidades y talentos de los miembros de la comunidad
• Procesos de esparcimiento y recreación de los miembros de la comunidad
• Atención y mediación en eventos críticos ocurridos en la comunidad
• Generación de opciones para la inclusión y la equidad en la comunidad
• Fortalecimiento de las capacidades de la comunidad para hacer gobierno local
• Orientación comunitaria para ancianos y adultos mayores
35• Orientación comunitaria para el trabajo colectivo en la atención de niños y
jóvenes
• Toma de decisiones y métodos de resolución compartida de conflictos
• Orientación para las familias de la comunidad
• Desarrollo de procesos y respuestas tecnológicas y de innovación en la
comunidad
• Desarrollo de soluciones para la atención de las necesidades de la comunidad
LA ORIENTACIÓN VOCACIONAL COMO EJE TRANSVERSAL
DEL SNO
Para ambos Subsistemas, se entiende la Orientación Vcacional como proyecto de
Vid; en consecuencia, se estima la creación de un Eje Transversal de Orientación
Vocacional a lo largo del desarrollo del ciclo de la vida.
REQUERIMIENTOS DEL SISTEMA
Jurídicos
• Ley: Se hace necesario una Ley de Ejercicio Profesional de la
Orientación en Venezuela. De la cual ya existe un proyecto
aprobado por el gremio de orientadores de Venezuela.
• Normativo para la Educación Superior: Establecer fundamentos
jurídicos que garanticen en cada institución universitaria la
asignación presupuestaria para el funcionamiento del Sistema
Nacional de Orientación en ella.
• Resoluciones: Se necesitan un cuerpo de normas que regularice y
hagan posible la articulación inter-institucional de personas y
recursos para hacer operativo el sistema.
• Normativo: Se hace necesaria la elaboración de manuales
instructivos sobre las operaciones del sistema que de manera
temporal faciliten al personal apoyo y el conocimiento para operar el
sistema.
36• Normativa que haga extensiva la cláusula 30 de la IV Convención
Colectiva a todos los planteles privados, alcaldía y secretarías de
educación.
Espacios Físicos
Se hace necesaria la dotación de espacios adecuados para el
desarrollo de los distintos programas y servicios de orientación a ofrecerse
desde el Sistema Nacional de Orientación.
Apoyo inter-institucional
Por el carácter inter-institucional del Sistema, es necesario crear una
instancia inter-institucional que coordine al máximo nivel posible, desde los
Ministerios involucrados en el Sistema Nacional de Orientación.
3.1. Oficina de Enlace
Para fines operativos del sistema, el Ministerio del PP para la
Educación deberá crear en todas las Zonas Educativas una dependencia
encargada de garantizar la prosecución de los estudiantes de un nivel a
otro en su proceso de continuación de estudios en el sistema educativo
(Educación inicial a primaria, primaria a bachillerato y del ciclo básico a
diversificada y profesional). Asimismo, esta dependencia en coordinación
con el Ministerio del Poder Popular para la Educación Superior y la OPSU
deberá garantizar el enlace entre el bachillerato y la educación superior.
Por lo tanto, los recursos humanos, técnicos, financieros e institucionales
deberán ser provistos en el presupuesto de estas dependencias.
3.2. Redes de servicios
Para los fines operativos del sistema se requiere que en el diseño de
los planes, programas y servicios de todas las unidades operativas, se
establezcan los vínculos y procedimientos para el acceso a las redes de
Atención y Servicios existentes en las comunidades a las cuales
pertenecen, así como el establecimiento de vínculos con otras instituciones
existentes en la comunidad.
Perfil del Profesional de la Orientación
Consideramos que los profesionales de la orientación son el primer recurso
humano del Sistema Nacional de Orientación. Para efectos de caracterizar
el perfil profesional necesario para cumplir con las exigencias del Sistema,
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