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jueves, 15 de mayo de 2025

Resumen histórico de la educación especial incluyendo la concreción

 Basándome en la información proporcionada en las fuentes, la concreción educativa de la Educación Especial en Venezuela se manifiesta a través de varios aspectos clave, abarcando su conceptualización, política, estructura, fundamentos legales y la formación de profesionales.

La Educación Especial en Venezuela es definida como una Modalidad del Sistema Educativo Venezolano. Está inscrita en los principios y fines de la Educación Venezolana, y se rige por los mismos fines y propósitos de la Educación Bolivariana. Se concibe como una variante educativa que atiende a personas cuyas características y condiciones específicas de su desarrollo integral requieren adaptaciones curriculares de forma permanente o temporal para responder a las exigencias de los diferentes niveles educativos.

Esta modalidad responde a un Modelo de Atención Educativa Integral, que busca garantizar el derecho social a la educación de niños, adolescentes y adultos con necesidades educativas especiales, así como su acceso a una educación integral, respetando la diversidad en igualdad de condiciones y oportunidades. Se basa en un proceso de carácter integral, sistémico, sistemático, continuo, permanente y multifactorial. Se considera un derecho humano universal y deber social fundamental, inalienable, irrenunciable y como servicio público.

Los fundamentos que sustentan la Educación Especial en Venezuela incluyen el filosófico (Humanismo Social, donde el ser humano es centro de los procesos), el axiológico (valores colectivos e individuales que propician el bien común), el epistemológico (conocimiento como construcción colectiva), y el teleológico (fines y propósitos de la Educación Venezolana). También se fundamenta en una perspectiva latinoamericana con referentes como Simón Rodríguez y Simón Bolívar.

Históricamente, la atención educativa a personas con discapacidad en Venezuela se hizo oficial y obligatoria a partir del Código de Instrucción Pública de 1912. La creación de instituciones educativas especiales se remonta a mediados del siglo XIX. La Educación Especial comienza a ser oficial desde 1961 con la creación de la Oficina de Educación Especial del Ministerio de Educación, que posteriormente se transformó en Departamento de Educación Excepcional (1971) y luego en Dirección de Educación Especial (1975). Esta Dirección se encarga de ordenar y delimitar la administración y funcionamiento de la educación para personas con necesidades especiales, diseñando sus basamentos conceptuales y políticos.

Un hecho trascendente fue la promulgación de la Ley Orgánica de Educación en 1980, la cual reconoció a la Educación Especial como una modalidad del Sistema Educativo venezolano. Posteriormente, la Ley Orgánica de Educación de 2009 derogó la de 1980, manteniendo los fines de la educación general para la educación especial y estableciendo la responsabilidad del Estado Docente.

La concreción educativa se ha orientado hacia la inclusión social, la construcción de ciudadanía, la justicia e integración social, y la atención educativa integral. La educación inclusiva es vista como una aproximación estratégica para facilitar el aprendizaje exitoso para todos los niños/as y jóvenes, buscando disminuir y superar la exclusión desde la perspectiva del derecho humano a la educación. Esto implica que todos los estudiantes reciben los soportes necesarios para participar en aulas regulares con pares de su misma edad.

Para llevar a cabo esta política, se consideran aspectos relevantes como la infraestructura, el currículo, el docente y la comunidad en general. La atención a la diversidad es una prioridad de la acción pedagógica.

La estructura operativa de la modalidad de Educación Especial incluye diversas unidades y servicios. Anteriormente, existían instituciones como Institutos de Educación Especial (para Retardo Mental), Unidades Educativas de Educación Especial (para Deficiencias Auditivas, Visuales, Impedimentos Físicos), Talleres de Educación para el Trabajo, y Centros de Desarrollo Infantil. Los servicios de apoyo incluían Aulas Integradas (AI), Unidades Psicoeducativas (UPE), Centros de Desarrollo Infantil (CDI), Centros de Rehabilitación de Lenguaje, y Talleres de Educación Laboral (TEL).

La Transformación de la Modalidad de Educación Especial en el Marco de la Educación Bolivariana en 2013 reestructuró los planteles y servicios, proponiendo que la población con discapacidad o en riesgo fuera atendida en Centros de Educación Inicial Simoncito para la diversidad funcional (Nivel Inicial), Escuelas Bolivarianas para la Diversidad Funcional Intelectual (Nivel Primaria), Escuelas Bolivarianas para la Diversidad Funcional auditiva, visual y motora (Nivel Primaria), y Escuelas Técnicas Robinsoniana y Zamora para la Diversidad funcional (Nivel Media Técnica). Sin embargo, posteriormente, en 2015, se decretó que se debía emplear el término "Personas con Discapacidad o Necesidades Educativas Especiales" en lugar de "Diversidad Funcional", amparado en el marco legal nacional.

La formación de docentes especializados es una pieza clave e imprescindible para dinamizar las nuevas tendencias educativas. La formación se inició en Venezuela en la década de 1930, inicialmente bajo una visión médico-asistencial. En la década de 1970, universidades nacionales como la Universidad Nacional Abierta (UNA) y el Instituto Pedagógico de Caracas (IPC) comenzaron a formar docentes especialistas en áreas como Dificultades de Aprendizaje, Retardo Mental y Deficiencias Auditivas. La Universidad Pedagógica Experimental Libertador (UPEL) y sus sedes tienen la responsabilidad de formar el recurso humano necesario. Documentos como la Resolución Nº 12 de 1983 plantearon los objetivos para la formación docente y definieron roles para el profesional de Educación Especial, como facilitador del aprendizaje, investigador, orientador, promotor social y planificador, administrador y evaluador.

Los fundamentos legales actuales incluyen la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999), la Ley Orgánica de Educación (2009), la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (2015), la Ley para las Personas con Discapacidad (2007), entre otras, además de declaraciones y acuerdos internacionales. Estos documentos garantizan el derecho a la educación sin discriminación, la gratuidad y la atención a personas con necesidades especiales o discapacidad. El Artículo 81 de la CRBV (1999) reconoce el derecho de las personas con discapacidad al pleno ejercicio y autonomía de sus capacidades y a su integración familiar y comunitaria. La Ley Orgánica de Educación (2009) establece los principios rectores de la educación, incluyendo la igualdad sin discriminaciones, la inclusión, y la corresponsabilidad del Estado docente en garantizar condiciones y oportunidades equitativas.

En resumen, la concreción educativa de la Educación Especial en Venezuela se define por ser una modalidad integral y sistémica que, amparada en un sólido marco legal y fundamentada en el humanismo social, busca la inclusión plena de personas con necesidades educativas especiales o discapacidad a través de un modelo de atención integral, la formación de docentes especializados y una estructura de servicios y planteles que se adaptan a las exigencias de los diferentes niveles educativos.

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