Páginas que tengo en inetrnet

martes, 15 de octubre de 2013

informe CONSTRUCCIÓN DE UN MODELO EDUCATIVOFUNDAMENTADO EN LOS PRINCIPIOS DE UNIVERSALIZACIÓN DEMOCRATAZACIÓN, INTEGRACIÓN Y RESPETO A LA DIVERSIDAD

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA
UNIVERSIDAD BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MISIÓN SUCRE
ARAURE ESTADO PORTUGUESA




CONSTRUCCIÓN DE UN MODELO EDUCATIVOFUNDAMENTADO
 EN LOS PRINCIPIOS DE UNIVERSALIZACIÓN
DEMOCRATAZACIÓN, INTEGRACIÓN Y RESPETO A LA DIVERSIDAD








INTEGRANTE:
MOLINA CARMEN CIN.- 9479043

OCTUBRE, 2013



INTRODUCCIÓN
            Desde que fue firmada por la mayoría de estados miembros de las Naciones Unidas la Declaración Universal de Derechos Humanos, a la fecha surge la siguiente pregunta: ¿habrán realizado los gobiernos su mejor esfuerzo por cumplir el compromiso adquirido de universalizar y democratizar la educación? Dado que en esta declaración, el artículo 26 manifiesta que: “Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental…”, es preciso preguntar entonces:
 ¿Qué tan lejos se encuentra  nuestro país de la universalización de la educación?
            De acuerdo al Informe de la UNESCO sobre la Educación para Todos en el Mundo, “Llegar a los marginados”,  nos hallamos en una encrucijada, o bien continuamos como si no hubiera ocurrido nada y corremos el riesgo de arruinar los progresos considerables logrados en el último decenio, o bien hacemos que la crisis constituya una oportunidad para crear sistemas educativos sólidos capaces de fomentar la integración y poner un término a todas las formas de marginación. Los avances conseguidos desde que se adoptaron las metas de la Educación para Todos y los Objetivos de Desarrollo del Milenio son innegables: se han dado grandes pasos hacia la universalización de la enseñanza primaria, se ha incrementado el número de estudiantes en la enseñanza secundaria y superior, y en muchos países se ha conseguido la igualdad entre los sexos en los sistemas educativos, pero subraya que todavía queda un largo camino por recorrer. En efecto, en el mundo hay todavía 72 millones de niños que se ven privados de su derecho a recibir educación por el mero hecho de haber nacido en una región o en una familia desfavorecidas. Son millones los jóvenes que salen de la escuela sin haber adquirido la capacitación necesaria para integrarse con éxito en la población activa y, además, a uno de cada seis adultos del mundo se le deniega el derecho a aprender a leer y escribir.
            En este sentido. Venezuela mantiene una  inclusión de la diversidad de que supone la eliminación de las barreras institucionales, pedagógicas, curriculares y culturales que excluyen o discriminan. Una inclusión exclusiva se logra mediante la generación de ambientes inclusivos basados en el respeto, la comprensión y la protección de la diversidad.



            El origen de la idea de inclusión de una Educación para todos, que ofrezca  satisfacción de las necesidades básicas de aprendizaje al tiempo que desarrollara el bienestar individual y social de todas las personas dentro del sistema de educación formal, Pone énfasis en  la urgencia de impartir la enseñanza a todos los niños, jóvenes y adultos, con y sin necesidades educativas especiales dentro un mismo sistema común de educación. La resolución de Salamanca generaliza la inclusión como principio central que ha de guiar la política y la práctica de la construcción de una educación para todos.
            Una crítica frecuente a la pedagogía inclusiva se basa en el temor de que los alumnos mejor dotados quedarían atrás y no serían suficientemente estimulados por el sistema inclusivo. Sin embargo diversos estudios han demostrado estadísticamente que la diversidad no sólo favorece a los más débiles, sino que también los alumnos "mejor dotados" obtienen amplio provecho de ella.
        Con base en lo anterior, este informe pretende dar una propuesta de política pública que ayude a desarrollar procesos que enfrenten el problema disminuyendo la brecha que separa al Estado de su compromiso señalado en el art. 102 de la constitución .de la República Bolivariana de Venezuela” La Educación es un derecho humano y un deber social fundamental, es democrática y obligatoria... De máximo interés en todas sus modalidades y como instrumento del conocimiento científico, humanístico y tecnológico al servicio de la sociedad”… ARTÍCULO 103:
Este artículo expresa lo siguiente: "Toda persona tiene derecho a una educación integral, de calidad, permanente, en igualdad de condiciones y oportunidades, sin más limitaciones que las derivadas de sus aptitudes, vocación y aspiraciones".
            En este sentido, Actualmente se habla de educación inclusiva en todos los países del mundo, y es por ello que ha surgido una serie de definiciones para dicho tema, En un concepto teórico de la pedagogía la inclusión hace referencia al modo en que la escuela debe dar respuesta a la diversidad. Es un término que surge en los años 90 y pretende sustituir al de integración, hasta ese momento el dominante en la práctica educativa. Su supuesto básico es que hay que modificar el sistema escolar para que responda a las necesidades de todos los alumnos, en vez de que sean los alumnos quienes deban adaptarse al sistema.
        La educación inclusiva o diversidad funcional como se llama actualmente en Venezuela, se presenta como un derecho de todos los niños, y no sólo de aquellos calificados como con necesidades educativas especiales. No sólo postula el derecho a ser diferente como algo legítimo, sino que valora explícitamente la existencia de esa diversidad. Se asume así que cada persona difiere de otra en una gran variedad de formas y que por eso las diferencias individuales deben ser vistas como una de las múltiples características de las personas. Por lo tanto, inclusión total significaría la apuesta por una escuela que acoge la diversidad general, sin exclusión alguna, ni por motivos relativos a la discriminación entre distintos tipos de necesidades, ni por motivos relativos a las posibilidades que ofrece la escuela.
        Es por eso que, el  concepto de educación para la diversidad funcional es más amplio que el de integración y parte de un supuesto distinto, porque está relacionado con la naturaleza misma de la educación regular y de la escuela común. La educación para la diversidad funcional implica que todos los niños de una determinada comunidad aprendan juntos independientemente de sus condiciones personales, sociales o culturales, incluidos aquellos que presentan una discapacidad. Se trata de un modelo de escuela en la que no existen "requisitos de entrada" ni mecanismos de selección o discriminación de ningún tipo, para hacer realmente efectivos los derechos a la educación, a la igualdad de oportunidades y a la participación.
        La educación inclusiva para la diversidad funcional supone también un modelo de escuela en el que los profesores, los alumnos y los padres de familia participan y desarrollan un sentido de comunidad, tengan o no discapacidades o pertenezcan a una cultura, raza o religión diferente. En este modelo, los profesores regulares y los profesores especialistas o de apoyo trabajan de manera conjunta y coordinada dentro del contexto natural del aula regular, favoreciendo el sentido de pertenencia a la comunidad y la necesidad de aceptación, sean cuales fuesen las características de los alumnos.
        De esta manera, la escuela inclusiva forma parte de un proceso de inclusión más amplio; supone la aceptación de todos los alumnos, valorando sus diferencias; exigiendo la transmisión hacia nuevos valores en la escuela; implica incrementar la participación activa (social y académica) de los alumnos y disminuir los procesos de exclusión; supone crear un contexto de aprendizaje inclusivo desarrollado desde el marco de un currículo común; exige una profunda reestructuración escolar que debe ser abordada desde una perspectiva institucional; es un proceso inacabado, en constante desarrollo.
        Para lograr esta finalidad, la escuela tiene que manejar el difícil equilibrio de proporcionar una cultura común a todos los alumnos evitando la discriminación y desigualdad de oportunidades, respetando al mismo tiempo sus características individuales, sociales, lingüísticas y culturales. Siendo este uno de los avances más importantes del concepto de necesidades educativas especiales pues pone énfasis en lo que la escuela puede hacer para compensar las dificultades del alumno, ya que desde este enfoque se considera que las dificultades de aprendizaje, sea cual sea el origen de las mismas, tiene un carácter interactivo dependiendo tanto de sus características personales como de la respuesta educativa que se le ofrece.
Para finalizar, Se necesita de una política de educación inclusiva que genere cambios estructurales, dentro de los cuales se incluya una adecuada formación docente, principalmente para los docentes regulares, quienes si bien están interesados en brindar atención a la diversidad y la integración educativa, desconocen su filosofía y conceptualización. Sin dejar de lado el curriculum y sus respectivas actualización y acomodaciones a las necesidades de manera que sus fundamentos contemplen la atención a la diversidad a través de la equidad e inclusión respetando las diferencias. Y por último, pero no menos importante, se necesitan cambios significativos en la infraestructura de manera que los niños puedan asistir a una escuela inclusiva en todo el sentido de la palabra, un lugar que les provea de todos los servicios requeridos para una formación académica de calidad.

 FUNDAMENTO JURÍDICO.
Los derechos humanos y en especial el derecho a la educación, tiene hasta nuestros días un amplio desarrollo y reconocimiento formal tanto en instrumentos nacionales e internacionales como la misma Declaración Universal de Derechos Humanos, carta magna de la humanidad, la cual en su artículo 26 señala: “toda persona tiene derecho a la educación…la educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana”. En correspondencia con la ley de personas con discapacidad Objeto y naturaleza jurídica.
Artículo 1. La presente Ley tiene por objeto regular los medios y mecanismos, que garanticen el desarrollo integral de las personas con discapacidad de manera plena y autónoma, de acuerdo con sus capacidades, el disfrute de los derechos humanos y lograr la integración a la vida familiar y comunitaria, mediante su participación directa como ciudadanos y ciudadanas plenos de derechos y la participación solidaria de la sociedad y la familia. Estas disposiciones son de orden público.



Conclusiones

         Como parte del cumplimiento de este enfoque de educación inclusiva, ya muchos niños han pasado a la escuela regular mientras que la escuela especial ha quedado para aquellos que tienen discapacidades más severas. Esto en función del mejoramiento de la calidad por lo que el enfoque se fundamenta en el constructivismo, humanismo y compromiso social; y se califica como prioritaria en la educación Venezolana a través de la introducción del concepto atención a la diversidad.
         Es por ello que la calidad educativa de las Escuelas de Educación Especial ha ido mejorando, debido a varios cambios: creación de centros de recursos, educación inicial, ampliación de horarios con implementación de talleres, fortalecimiento de escuela de padres y especialización del trabajo de los docentes.
         El currículum de la Educación Inicial reconoce y plantea que es en el seno de la familia donde se moldean los momentos fundamentales del ser humano, por ello es necesario, partir del entorno cultural en el que se encuentran los niños y las niñas. Cuando se trabaja en los ambientes familiares o con las madres cuidadoras o integrales, es importante tomar en cuenta los factores que influyen en los patrones de crianza, lo que justifica cualquier esfuerzo que se haga para orientar y fomentar la participación del padre, la madre, familiares y otros adultos significativos; estos elementos deben formar parte de los saberes que debe poseer el (la) nuevo educador y educadora que se prepara para este nivel, el cual es participativo y democrático, pues todos los miembros de la comunidad participan en la toma de decisiones, en la ejecución y en la evaluación de las actividades educativas con un clima de relaciones horizontales donde toda opinión se valoriza, donde se forma para la autonomía, la participación y la democracia.








BIBLIOGRAFÍA











No hay comentarios:

Publicar un comentario

POR FAVOR REALIZA UN COMENTARIO SERIO