Páginas que tengo en inetrnet

jueves, 25 de octubre de 2012

Fundamentos legales de la educación bolivariana

VENTA DEL PEINE SACA PIOJOS EN ACERO INOXIDABLE  CONTACTO : 04160596191 PAGO MÓVIL VENEZUELA O TRANSFERENCIA BANCARIA 




Nota:  Trabajo con Marketing multinivel necesito afiliados para trabajar desde casa más información acá.
 http://www.joinmysfiteam.com/19177869


Fundamentos legales de la educación bolivariana
Constitución Bolivariana de Venezuela Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación (2001-2007) Ley Orgánica de Educación (1980) y su Reforma Ley Orgánica para la protección del niño y del adolescente (Lopnna) Decreto 1.796 Ley para las personas con discapacidad Propuesta de Ley de personas mayores Plan Estratégico Simón Bolívar Los 5 Motores.

Artículo 102 La educación es un derecho humano y un deber social fundamental, es democrática, gratuita y obligatoria. El Estado la asumirá como función indeclinable y de máximo interés en todos sus niveles y modalidades, y como instrumento del conocimiento científico, humanístico y tecnológico al servicio de la sociedad…

4. Artículo 3. El Estado tiene como sus fines esenciales la defensa y el desarrollo de la persona y el respeto a su dignidad, el ejercicio democrático de la voluntad popular, la construcción de una sociedad justa y amante de la paz, la promoción de la prosperidad y bienestar del pueblo y la garantía del cumplimiento de los principios, derechos y deberes consagrados en esta Constitución. La educación y el trabajo son los procesos fundamentales para garantizar dichos fines.

5. Artículo 19. El Estado garantiza a toda persona, conforme al principio de progresividad y sin discriminación alguna, el goce y ejercicio irrenunciable, indivisible e interdependiente de los derechos humanos. Su respeto y garantía es obligatorio para los órganos del Poder Público de conformidad con la Constitución, los tratados sobre derechos humanos suscritos y ratificados por la República y las leyes que los desarrollen.

6. Artículo 20. Todos tienen derecho al libre desenvolvimiento de su personalidad, sin más limitaciones que las que derivan del derecho de los demás y del orden público y social. Artículo 52. Todos tienen el derecho de asociarse con fines lícitos, en conformidad con la ley. El Estado está obligado a facilitar el ejercicio de este derecho.

7. Artículo 79. Los jóvenes y las jóvenes tienen el derecho y el deber de ser sujetos activos del proceso de desarrollo. El Estado, con la participación solidaria de las familias y la sociedad, creará oportunidades para estimular su tránsito productivo hacia la vida adulta y en particular la capacitación y el acceso al primer empleo, de conformidad con la ley.

8. Artículo 99. Los valores de la cultura constituyen un bien irrenunciable del pueblo venezolano y un derecho fundamental que el Estado debe fomentar y garantizar, procurando las condiciones, instrumentos legales, medios y presupuestos necesarios. Se reconoce la autonomía de la administración cultural pública en los términos que establezca la ley. El Estado garantiza la protección y preservación, enriquecimiento, conservación y restauración del patrimonio cultural, tangible e intangible, y la memoria histórica de la nación. Los bienes que constituyen el patrimonio cultural de la nación son inalienables, imprescriptibles e inembargables. La Ley establecerá las penas y sanciones para los daños causados a estos bienes.

9. Artículo 100. Las culturas populares constitutivas de la venezolanidad gozan de atención especial, reconociéndose y respetándose la interculturalidad bajo el principio de igualdad de las culturas. La ley debe establecer incentivos y estímulos para las personas, instituciones y comunidades que promuevan, apoyen, desarrollen o financien planes, programas y actividades culturales en el país y la cultura venezolana en el exterior. El Estado garantiza a los trabajadores culturales su incorporación al sistema de seguridad social que les permita una vida digna, reconociendo las particularidades del quehacer cultural, de conformidad con la ley.

10. Artículo 102. La educación es un derecho humano y un deber social fundamental, es democrática, gratuita y obligatoria. El Estado la asume como función indeclinable y de máximo interés en todos sus niveles y modalidades, y como instrumento del conocimiento científico, humanístico y tecnológico al servicio de la sociedad. La educación es un servicio público y está fundamentado en el respeto a todas las corrientes del pensamiento, con la finalidad de desarrollar el potencial creativo de cada ser humano y el pleno ejercicio de su personalidad en una sociedad democrática basada en la valoración ética del trabajo y en la participación activa, consciente y solidaria en los procesos de transformación social consustanciados con los valores de la identidad nacional, y con una visión latinoamericana y universal. El Estado, con la participación de las familias y la sociedad, promueve el proceso de educación ciudadana de acuerdo a los principios contenidos de esta Constitución y las leyes.

11. Artículo 103. Toda persona tiene derecho a una educación integral, de calidad, permanente, en igualdad de condiciones y oportunidades, sin más limitaciones que las derivadas de sus aptitudes, vocación y aspiraciones. La educación es obligatoria en todos sus niveles, desde el maternal hasta el nivel medio diversificado. La impartida en las instituciones del Estado es gratuita hasta el pre grado universitario. A tal fin, el Estado realizará una inversión prioritaria, de conformidad con las recomendaciones de la Organización de las Naciones Unidas.. El Estado creará y sostendrá instituciones y servicios suficientemente dotados para asegurar el acceso, permanencia y culminación en el sistema educativo. La ley garantizará igual atención a las personas con necesidades especiales o con discapacidad y a quienes se encuentren privados de su libertad o carezcan de condiciones básicas para su incorporación y permanencia en el sistema educativo. Las contribuciones de los particulares a proyectos y programas educativos públicos a nivel medio y universitario serán reconocidas como desgravámenes al impuesto sobre la renta según la ley respectiva

12. Artículo 104. La educación estará a cargo de personas de reconocida moralidad y de comprobada idoneidad académica. El Estado estimulará su actualización permanente y les garantizará la estabilidad en el ejercicio de la carrera docente, bien sea pública o privada, atendiendo a esta Constitución y la ley, en un régimen de trabajo y nivel de vida acorde con su elevada misión. El ingreso, promoción y permanencia en el sistema educativo, será establecido por ley y responderá a criterios de evaluación de méritos con prescindencia de cualquier injerencia partidista o de otra naturaleza no académica.

13. Artículo 107. La educación ambiental es obligatoria en los niveles y modalidades del sistema educativo, así como también en la educación ciudadana no formal. Es de obligatorio cumplimiento en las instituciones públicas y privadas, hasta el ciclo diversificado, la enseñanza de la lengua castellana, la historia y la geografía de Venezuela, así como los principios del ideario bolivariano.

14. Artículo 110. El Estado reconoce el interés público de la ciencia, la tecnología, el conocimiento, la innovación y sus aplicaciones y los servicios de información necesarios por ser instrumentos fundamentales para el desarrollo económico, social y político del país, así como para la seguridad y soberanía nacional. Para el fomento y desarrollo de esas actividades, el Estado destinará recursos suficientes y creará el sistema nacional de ciencia y tecnología de acuerdo con la ley. El sector privado deberá aportar recursos para los mismos. El Estado garantiza el cumplimiento de los principios éticos y legales que deben regir las actividades de investigación científica, humanística y tecnológica. La ley determinará los modos y medios para dar cumplimiento a esta garantía.

15. Artículo 111. Todas las personas tienen derecho al deporte y la recreación como actividades que benefician la calidad de vida individual y colectiva. El Estado asume el deporte y la recreación como política de educación y salud pública y garantiza los recursos para su promoción. La educación física y el deporte cumplen un papel fundamental en la formación integral de la niñez y adolescencia. Su enseñanza es obligatoria en todos los niveles de la educación pública y privada hasta el ciclo diversificado, con las excepciones que establezca la ley. El Estado garantiza la atención integral de los deportistas sin discriminación alguna, así como el apoyo al deporte de alta competencia, y la evaluación y regulación de las entidades deportivas del sector público y privado, en conformidad con la ley. La ley establecerá incentivos y estímulos a las personas, instituciones y comunidades que promuevan a los atletas y desarrollen o financien planes, programas y actividades deportivas en el país.

16. Artículo 119. El Estado reconoce la existencia de los pueblos y comunidades indígenas, su organización social, política y económica, sus culturas, usos y costumbres, idiomas y religiones, así como su hábitat y derechos originarios sobre las tierras que ancestral y tradicionalmente ocupan y que son necesarias para desarrollar y garantizar sus formas de vida. Corresponde al Ejecutivo Nacional, con la participación de los pueblos indígenas, demarcar y garantizar el derecho a la propiedad colectiva de sus tierras, las cuales serán inalienables, imprescriptibles, inembargables e intransferibles de acuerdo a lo establecido en esta Constitución y la ley.

17. Artículo 121. Los pueblos indígenas tienen derecho a mantener y desarrollar su identidad étnica y cultural, cosmovisión, valores, espiritualidad y sus lugares sagrados y de culto. El Estado fomentará la valoración y difusión de las manifestaciones culturales de los pueblos indígenas, quienes tienen derecho a una educación propia y a un régimen educativo de carácter intercultural y bilingüe, atendiendo a sus particularidades socioculturales, valores y tradiciones.

18. PLAN DE DESARROLLO ECONÓMICO Y SOCIAL DE LA NACIÓN (2001-2007) 1. Económico 2. Social 3. Político 4. Territorial 5. Internacional Construir la democracia bolivariana. Desarrollar la economía productiva. Alcanzar la equidad social. Ocupar y consolidar el territorio. Fortalecer la soberanía nacional y promover un mundo multipolar. Objetivos Diversificación productiva. Incorporación progresiva. (Inclusión) Participación protagónica corresponsable. Descentralización desconcentrada. Pluralización multipolar. Estrategias
19. LÍNEAS GENERALES ESTRETÉGICAS DEL PLAN DE DESARROLLO ECONÓMICO Y SOCIAL DE LA NACIÓN 2007 - 2013 Nueva Ética Bolivariana Socialista y Moralista. Suprema felicidad social. Modelo productivo socialista. Democracia protagónica revolucionaria. Nueva Geopolítica Nacional. Venezuela: potencia energética mundial. Nueva Geopolítica Internacional. Ministerio del Poder Popular para la Planificación y el Desarrollo (2007)

20. Garantizar a todos los niños y adolescentes, que se encuentren en el territorio nacional, el ejercicio y el disfrute pleno y efectivo de sus derechos y garantías, a través de la protección integral que el Estado, la sociedad y la familia deben brindarles desde el momento de su concepción.
21. Artículo 2º La educación es función primordial e indeclinable del Estado, así como derecho permanente e irrenunciable de la persona.

22. Artículo 1°. Se crea el Consejo Nacional de Educación, Culturas e Idiomas Indígenas, como órgano asesor ad honorem del Ejecutivo Nacional, con carácter permanente, para la consulta de las políticas de las comunidades indígenas, en el ámbito histórico, cultural y lingüístico.
23. EMPLEO PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD NO DISCRIMINACIÓN PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD EMPLEO CON APOYO INTEGRAL PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL INSERCIÓN Y REINSERCIÓN LABORAL. POLÍTICAS LABORALES

24. Esta Propuesta de Ley tiene por objeto garantizar  al Adulto Mayor  el pleno ejercicio de sus  derechos  a través de la protección integral que el Estado, la sociedad y la  familia deben brindarle.
25. CONSTITUCIÓN NACIONAL DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. Artículos: 3 -19 -20 - 52 – 79 – 99 – 100 – 103 – 104 – 107 – 110 – 111 – 119 - 121
26. Artículo 3 : “ La educación tiene como finalidad fundamental el pleno desarrollo de la personalidad y el logro de un hombre sano, culto, crítico y apto para convivir en una sociedad democrática justa y libre,…”
27. INSTRUMENTOS JURÍDICOS: La Convención Internacional de los Derechos del Niño. Las Reglas mínimas de las Naciones Unidas para la administración de la Justicia juvenil. Las reglas mínimas de las Naciones Unidas para los jóvenes privados de libertad. La recomendación N° 146 de la Organización Mundial del Trabajo y el Convenio N° 138. La Carta de la UNESCO sobre educación para todos.

Estructura del sistema educativo  Venezolano
SEGÚN LA NUEVA LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN  DEL 15 DE AGOSTO DE 2.009 GACETA OFICIAL Nº 5.929
Estructurado, conformado por subsistemas, niveles y modalidades
1. El subsistema de educación básica, integrado por:

a) Nivel de educación inicial, b) Nivel de educación primaria y c) Nivel de educación media.
El nivel de educación inicial: Comprende las etapas de maternal y preescolar destinadas a la educación de niños y niñas con edades comprendidas entre cero y seis años.
El nivel de educación primaria: Comprende seis años y conduce a la obtención del certificado de educación primaria.
El nivel de educación media: Comprende dos opciones:
Educación media general: con duración de cinco años, de primero a quinto año; y
Educación media técnica: con duración de seis años, de primero a sexto año. Ambas opciones conducen a la obtención del título correspondiente. La duración, requisitos, certificados y títulos de los niveles del subsistema de educación básica estarán definidos en la ley especial.

El subsistema de educación universitaria Comprende los niveles de pregrado y postgrado universitarios. La duración, requisitos, certificados y títulos de los niveles del subsistema de educación universitaria estarán definidos en la ley especial. Como parte del Sistema Educativo, los órganos rectores en materia de educación básica y de educación universitaria garantizan:
a. Condiciones y oportunidades para el otorgamiento de acreditaciones y reconocimientos de aprendizajes, invenciones, experiencias y saberes ancestrales, artesanales, tradicionales y populares, de aquellas personas que no han realizado estudios académicos, de acuerdo con la respectiva reglamentación.

b. El desarrollo institucional y óptimo funcionamiento de las misiones educativas para el acceso, la permanencia, prosecución y culminación de estudios de todas las personas, con el objeto de garantizar la universalización del derecho a la educación.
Modalidades del sistema educativo venezolano
Las modalidades del Sistema Educativo son variantes educativas para la atención de las personas que por sus características y condiciones específicas de su desarrollo integral, cultural, étnico, lingüístico y otras, requieren adaptaciones curriculares de forma permanente o temporal con el fin de responder a las exigencias de los diferentes niveles educativos.
Son modalidades:
a) La educación especial,

b) La educación de jóvenes, adultos y adultas,
c) La educación en fronteras,
d) La educación rural,
e) La educación para las artes,
f) La educación militar,
g) La educación intercultural, la educación intercultural bilingüe,
h) Y otras que sean determinada por reglamento o por ley.
La duración, requisitos, certificados y títulos de las modalidades del Sistema Educativo estarán definidos en la ley especial de educación básica y de educación universitaria.
Educación intercultural e intercultural bilingüe:

La educación intercultural transversaliza al Sistema Educativo y crea condiciones para su libre acceso a través de programas basados en los principios y fundamentos de las culturas originarias de los pueblos y de comunidades indígenas y afrodescendientes, valorando su idioma, cosmovisión, valores, saberes, conocimientos y mitologías entre otros, así como también su organización social, económica, política y jurídica, todo lo cual constituye patrimonio de la Nación. La educación intercultural bilingüe es obligatoria e irrenunciable en todos los planteles y centros educativos ubicados en regiones con población indígena, hasta el subsistema de educación básica. La educación intercultural bilingüe se regirá por una ley especial que desarrollará el diseño curricular, el calendario escolar, los materiales didácticos, la formación y pertinencia de los docentes correspondientes a esta modalidad.
La Educación en Fronteras: La educación en fronteras tendrá como finalidad la atención educativa integral de las personas que habitan en espacios geográficos de la frontera venezolana, favoreciendo su desarrollo armónico y propiciando el fortalecimiento de la soberanía nacional, la seguridad y defensa de la Nación, los valores de identidad nacional, la defensa del patrimonio cultural, la comprensión de las relaciones bilaterales, la cultura de la paz y la amistad recíproca con los pueblos vecinos.

La Educación Rural. La educación rural está dirigida al logro de la formación integral de los ciudadanos y las ciudadanas en sus contextos geográficos; así mismo, está orientada por valores de identidad local, regional y nacional para propiciar, mediante su participación protagónica, el arraigo a su hábitat, mediante el desarrollo de habilidades y destrezas de acuerdo con las necesidades de la comunidad en el marco del desarrollo endógeno y en correspondencia con los principios de defensa integral de la Nación. Teniendo en cuenta la realidad geopolítica de la República Bolivariana de Venezuela, el Estado garantiza la articulación armónica entre el campo y la ciudad, potenciando la relación entre la educación rural y la educación intercultural e intercultural bilingüe.

La Educación Militar:
La educación militar tiene como función orientar el proceso de formación, perfeccionamiento y desarrollo integral de los y las integrantes de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana mediante los procesos educativos sustentados en los valores superiores del Estado, éticos, morales, culturales e intelectuales que tienen como fundamento el pensamiento y la acción de nuestro Libertador Simón Bolívar, Simón Rodríguez y Ezequiel Zamora, los precursores y las precursores, los héroes venezolanos y las heroínas venezolanas. El órgano rector con competencia en materia de Defensa, ejercerá la modalidad de educación militar, en tal sentido, planifica, organiza, dirige, actualiza, controla, evalúa y formula políticas, estrategias, planes, programas de estudio y proyectos dirigidos a garantizar una educación de calidad en la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, para asegurar la defensa integral de la Nación, cooperar en el mantenimiento del orden interno y participar activamente en el desarrollo integral de la Nación. La educación militar se ejercerá en coordinación con el órgano con competencia en materia de Educación Universitaria.
La educación universitaria La educación universitaria profundiza el proceso de formación integral y permanente de ciudadanos críticos y ciudadanas críticas, reflexivas o reflexivas, sensibles y comprometidas o comprometidas, social y éticamente con el desarrollo del país, iniciado en los niveles educativos precedentes.

Políticas para profundizar la educación inicial:
La atención educativa e integral a la primera infancia, se define como Educación  Inicial, la cual se concibe como el proceso de desarrollo y aprendizaje de los niños  niñas, como un continuo que se inicia desde la gestación hasta los 6 años de edad o  cuando se incorpore a la educación primaria y tiene como finalidad propiciar el  máximo desarrollo de las potencialidades  socio-afectivas, cognitivas, lingüísticas, motoras y físicas; considerando sus experiencias socio-educativas, intereses y necesidades.  La educación maternal concebida como un nivel educativo, comprende la  atención de los niños y niñas desde su gestación hasta cumplir los 3 años; no implica escolaridad ni asistencia obligatoria a  los Centros de Educación Inicial, sino la extensión del proceso pedagógico y de atención integral a los niños, niñas y la asistencia a las madres embarazadas, con la finalidad de potenciar el desarrollo y aprendizaje de sus hijos e hijas menores. Las aulas de atención maternal, creadas en los Centros de Educación Inicial “Simoncito”,  constituyen  un  programa  de  atención  a  los niños  niñas  desde  los  seis    meses    hasta    los    dos    años  y    once meses,  pertenecientes   a  madres  de  escasos  recursos,  que  tienen necesidad de incorporarse al mercado laboral y que no tienen quien cuide de sus hijos e hijas menores, durante la jornada de trabajo.  También son atendidos los niños y niñas en situación de riesgo y vulnerabilidad social y educativa.   La educación inicial se concreta a través de dos vías de atención:a)   Los  Centros de Educación Inicial de Atención Convencional:  son aquellas instituciones educativas dedicadas exclusivamente a la atención integral de los niños y/o niñas, en edades comprendidas entre cero y seis años, cuyo objeto es la atención pedagógica y la prestación de servicios sociales o desarrollo de programas en el área de salud, nutrición, asistencia legal, recreación y otros, que garanticen la educación integral y de calidad, con la participación de la familia y de  la comunidad.

b)  Los Centros de Educación Inicial  de  Atención No Convencional: son aquellos espacios que ofrecen atención pedagógica a los niños y niñas entre cero y  tres años, sin excluir aquellos entre tres y seis  años que no tengan acceso a la atención convencional, con la participación de docentes y adultos significativos o promotores de las comunidades, en locales y espacios diversos que incluyen ambientes comunitarios, familiares, ludotecas, centros comunitarios de atención integral y arreglos espontáneos de cuidado infantil. Cabe destacar que esta atención está dirigida a los sectores más vulnerables de la  población y los ubicados en población rural, indígenas y de fronteras.
Existe además el Servicio Nacional Autónomo de Atención Integral a la Infancia y a la Familia (SENIFA), programa de Hogares de Cuidado, para niños y niñas entre los 0 y 6 años  de edad. Cobertura actual: 281.000 niños y niñas a través del funcionamiento de los siguientes programas: HOGAIN Familiar: funciona en viviendas familiares previamente seleccionadas y dotadas, en el cual una madre integral atiende a 8 niños y niñas de su comunidad bajo la supervisión y apoyo de un personal autorizado. HOGAIN Comunitario: funciona en un local de  la comunidad debidamente acondicionado y dotado, en el cual 3 madres integrales atienden 30 niños y niñas bajo la supervisión y apoyo de un personal autorizado. Cabe destacar que existen HOGAIN Comunitarios que atienden 60, 90 hasta 100 niños y niñas conservando una relación de una madre integral por cada 10 niños y niñas. El SENIFA, adscrito al Ministerio de Educación y Deportes y como fundación rectora del Programa Hogares de Atención Integral, asigna los recursos financieros para mantenimiento de los Hogain Comunitarios, ejecutados por los ONGs existentes en las regiones.

Adicionalmente, en los Centros de Educación Inicial “Simoncito” y Preescolares Bolivarianos de atención integral y jornada completa, se  incluyen dentro de la nómina de Personal Docentes en funciones de coordinador pedagógico y docente para la Atención Educativa No Convencional, en ambientes de familia y comunidad, para los niños y niñas de 0–6 años, que aun viviendo en las localidades donde se ubica el plantel, no ingresan por falta de espacio en las instituciones educativas. Asimismo, se incorpora como recursos humanos en  estos Centros al personal de cocina, que labora en los servicios de alimentación y de manera itinerante, personal Docente especialista en las áreas  de recreación, animación socio-cultural, educación física y música.

Por otra parte, en atención al diseño del Currículo Básico Nacional de Educación Inicial (vigente, según Resolución Nro. 38.237 del 27 de julio de 2005), la Comisión de Formación Docente del Ministerio de Educación, Cultura y Deportes definió el perfil del Docente de Educación Inicial contenido en el informe presentado a las universidades e institutos de Educación Superior, que forman docentes para la atención de niños y niñas de 0 a 6 años.  La propuesta está sustentada en el modelo crítico reflexivo y transformador que responde al ideal del docente que se aspira.
Políticas nacionales y reformas recientes:  La formulación y desarrollo de las políticas sociales y educativas, dirigidas a la atención de la población infantil, tienen su basamento legal en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en las Líneas Generales del Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación, para el período 2001–2007, el cual establece como objetivo estratégico:  “Alcanzar la justicia social”, garantizando el disfrute de los derechos sociales en forma universal y equitativa, a todos los venezolanos y a todas las venezolanas, definiendo para el sector educativo el Lineamiento referido a: “Educación de calidad para todos y todas”.  A la par de estos planteamientos, el Ejecutivo Nacional ha fijado un conjunto de medidas de políticas orientadas a: Priorizar la atención  integral  a  la infancia, garantizar la seguridad alimentaria y desarrollar una infraestructura social digna.

El Ministerio de Educación y Deportes se encuentra trabajando en la expansión de la capacidad física de atención a los niños/as en edad maternal y preescolar (0 a 6 años), priorizando las áreas del país que presentan el mayor déficit de cobertura y los más altos índices de vulnerabilidad social. Dado el horizonte de corto plazo establecido para el cumplimiento de la meta de Universalización, el esfuerzo requerido exige la concurrencia de diversas estrategias de expansión, entre ellas tenemos la construcción de aulas de educación preescolar en escuelas básicas y  centros de educación inicial con terrenos disponibles y el desarrollo de estrategias de  atención no convencional que mejoren el  desarrollo integral  del niños/as y que  favorezcan la participación de la familia y la comunidad.
 Atención educativa no convencional. Acción educativa desarrollada por los Docentes de Educación Inicial fuera de las instituciones escolares, dirigida a la atención de los niños y niñas entre 0 y 6 años, que no  están atendidos por  las instituciones convencionales, por falta de espacios (cupos), Información sobre el

Políticas educativas para profundizar la educación primaria:
Educación Primaria Bolivariana, fortalecida para garantizar la formación integral de niños y niñas desde los seis (6) hasta los doce (12) años de edad o hasta que alcance la madurez cognitiva para formar parte del subsistema inmediato superior. Se caracteriza por atender integralmente  a quienes son promovidos de la Educación Inicial Bolivariana, garantizando así su prosecución en el subsistema siguiente.
Programa Canaima: Canaima Educativo es un proyecto del Gobierno Bolivariano que tiene por objetivo apoyar la formación integral de las niñas y los niños, mediante la dotación de una computadora portátil escolar con contenidos educativos a los maestros y estudiantes del subsistema de educación primaria conformado por las escuelas públicas nacionales, estadales, municipales, autónomas y las privadas subsidiadas por el Estado.  Constituye un  pilar fundamental en la construcción del nuevo modelo educativo revolucionario, inclusivo y democrático y es factor importante en el alcance de la independencia tecnológica, ya que los contenidos educativos, aplicaciones y funciones son totalmente desarrollados en Software Libre por talento venezolano.  Su ejecución está a cargo del Ministerio del Poder Popular para la Educación, conjuntamente con el Ministerio del Poder Popular para Ciencia, Tecnología e Industrias Intermedias.
El Programa de Alimentación Escolar es un Programa de Inversión Social, tiene como propósito esencial garantizar la atención alimenticia y nutricional a la población de niños, niñas, adolescentes y jóvenes estudiantes del Sistema Educativo Bolivariano, enmarcada en la visión integral y holística de la Educación Bolivariana como continuo humano, desde una perspectiva humanista y de protección integral donde la acción pedagógica pertinente, fortalece y trasciende a la “Escuela” en su función pedagógica, al potenciar su compromiso y misión de formar los ciudadanos y ciudadanas de la nueva República.
El programa “Todas las Manos a la Siembra” se ha concebido como un programa estratégico de la defensa integral del territorio, ya que apunta hacia la concreción de la soberanía alimentaria y elevación de la conciencia mediante el desarrollo de valores y principios socialistas, que se evidencian en sus contenidos y metodologías. Es en sí mismo, una experiencia que ilustra una práctica socialista, a partir del enfoque de este programa que es la agroecología, el cual, tiene carácter legal. Es un programa cuyo propósito fundamental es promover la articulación intrainstitucional e interinstitucional, a través de un enfoque con contenidos curriculares agroecológicos que contribuyan a la formación integral de las comunidades educativas y del poder popular para garantizar la seguridad y soberanía alimentaria”, donde se aplique como estrategia transición del modelo agroquímico al modelo agroecológico materializada en la agricultura, vegetal, animal, acuícola y forestal, que vincule el equilibrio con la naturaleza y el desarrollo de los Valores Sociales, como la justicia social, la solidaridad y el bien común. Misión   Implementar  el PROGRAMA “TODAS LAS MANOS A LA SIEMBRA ” en  todas los niveles y modalidades de Educación  y  del   poder popular, a través de la  enseñanza   Agroecológica en el marco de la seguridad y la soberanía alimentaria, materializada  en la agricultura, vegetal, animal, acuícola y forestal que contribuya a la formación   integral  del mismo,   vinculando   el  equilibrio  con la naturaleza y el desarrollo  de  los Valores Sociales, como la justicia social, la solidaridad  y  el    bien común.
PROGRAMA BIBLIOTECA BICENTENARIA: Con cuatro textos adaptados al programa curricular de primero, segundo y tercer grado, la Biblioteca Bicentenaria es un recurso fundamental para la formación integral del estudiante. Contenidos completamente ajustado a los proyectos de aprendizaje de lengua y literatura, matemáticas, ciencias sociales y ciencias naturales. “Los libros son bastante completos, prácticos y didácticos”.
El programa de Educación Intercultural Bilingüe, que desarrolla el ministerio del Poder Popular para la Educación (ME) impulsa la reivindicación del idioma y cultura de 44 pueblos originarios de Venezuela, ubicados en 8 estados del país., de acuerdo con el capítulo 8 de Constitución venezolana, que garantiza los derechos de los pueblos indígenas. la educación intercultural tenía como propósito “civilizar a los pueblos indígenas, pero este concepto cambió y actualmente el programa tiene como misión preservar el idioma materno y reivindicar la cultura de los pueblos originarios. Refirió que el proyecto de educación intercultural bilingüe fue creado en 1979, mediante decreto presidencial Nº 283, y fue reimpulsado durante 1999 y 2000, El proyecto de Educación Intercultural Bilingüe (1979) tenía como objetivo civilizar a los pueblos originarios, pero este concepto cambio y actualmente el programa tiene como propósito preservar el idioma originario o materno y reivindicar la cultura o costumbres ancestrales de los pueblos indígenas de Venezuela.

Indicó que el proyecto de educación para los pueblos indígenas, que se desarrolla a escala nacional, en escuelas especiales, permitió reivindicar el idioma de los pueblos baniva y baré del estado Amazonas, quienes se encontraban en riesgo de perder su lengua materna. el proyecto para la creación de Nichos Etnolingüistícos para la educación inicial de niños y niñas indígenas, de 0 a 6 años de edad. Aspectos socio-culturales de la educación indígena Por otra parte, en las palabras preliminares, correspondientes al texto Aspectos de la génesis de la Educación Intercultural Bilingüe para los pueblos Indígenas de Venezuela, de Esteban Emilio Mosonyi, el ex-director de Educación Indígena, Jorge Pocaterra, explica que cada pueblo indígena “tiene derecho, pero al mismo tiempo el deber de construir con sus sabios ancianos y ancianas, y sus comunidades, proyectos educativos específicos, en los cuales se ponga en primer plano el idioma materno, la visión del mundo de cada pueblo, es decir: ¿Quiénes somos? ¿De dónde venimos? ¿Hacia dónde vamos? En Venezuela existen las familias lingüísticas Arawak (correspondiente a los pueblos banivá, baré, kurripako, wayuu, añu, piapoko, warekená y yavitero); familia lingüística Caribe (akawayo, kariña, japreria, makushi, mapoyo, panave, pemón, yekuana, yukpa y yavarana); familia lingüística Chibcha (barí) y Tupí-garaní (ñengatu). De acuerdo con el censo de población de 2001, el estado Amazonas cuenta con una población indígena, integrada por 38 mil 258 individuos, pertenecientes a los pueblos akutani, baniva, baré, caribe, chaima, eñepa, guayibo, jodi, kubeo, kurripaco, mako, mapoyo, katako, pemón, piapoko, piaroa, piritu, puinave, pumé, sáliva, sanema, tukano, waikeri, warao, warekena, wayuu, yanomami, yavarana, yekuana y yeral. El estado Anzoátegui cuenta con ocho mil 861 indígenas de los pueblos chaima, guajibo, kariña, kumanagoto, pemón y wayuu; y en Apure se ubican más de 8 mil 223 indígenas de los pueblos guajibo, kuiva, pumé y yavarana. Igualmente, en el estado Bolívar residen más de 42 mil 631 indígenas, provenientes de los pueblos akawayo, arawak, arutani, baniva, bari, eñepa, guajibo, inga, jodi, kariña, kurripako, makushi, mapoyo, pemón, piapoko, piaroa, pumé, sáliva, sanemá, waika, waspishana, warao, wayuu y yekuna; en el estado Delta Amacuro, se encuentran más de 26 mil 80 indígenas de los pueblos arawak, caribe y warao, en Monagas más de 4 mil 025 indígenas de los pueblos kariña, warao y wayuu. Además, en Zulia residen más de 48 mil 587 indígenas de los pueblos añú, baré, bari japreria, wayuu y yukpa; y en Sucre se encuentran más de mil 678 indígenas de los pueblos originarios chaima, kariña y warao.

ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Estructura del Ministerio del poder popular para la Educación POLITICAS ADMINISTRATIVAS
Artículo 43 LOE. El Estado formula y administra la política de supervisión educativa como  un  proceso  único,  integral,  holístico,  social,  humanista,  sistemático  y metodológico, con la finalidad de orientar y acompañar el proceso educativo, en el marco de la integración escuela-familia-comunidad, acorde con los diferentes niveles y modalidades del Sistema Educativo. Se realizará en las instituciones, centros, planteles y servicios educativos dependientes del Ejecutivo Nacional, Estadal y Municipal, de los entes descentralizados y las instituciones educativas privadas, en los distintos niveles y modalidades para garantizar los fines de la
Educación consagrada en esta Ley. 
1.- Gabinete Ministerial.
El Gabinete Ministerial es la máxima instancia de discusión, articulación y aprobación de las políticas y planes del Ministerio, y estará apoyado en todo momento por la Oficina Estratégica de Seguimiento y Evaluación de Políticas Públicas. Corresponden al Gabinete Ministerial las siguientes atribuciones:
• Ejercer la máxima autoridad en la rectoría de las políticas públicas del Ministerio y sus entes adscritos y tutelados.
• Elaborar el Plan Nacional de Desarrollo Educativo, en correspondencia con el Plan Nacional de Desarrollo y el Plan Operativo Anual Nacional.
• Evaluar el impacto de la ejecución de planes y el cumplimiento de los objetivos, con el fin de introducir los correctivos que sean necesarios.
• Asegurar la coherencia, consistencia y compatibilidad de los planes y programas del Ministerio y sus respectivos órganos y entes adscritos.
• Promover los principios de rendición de cuentas y transparencias de la gestión administrativa del sector educativo.
• Revisar, evaluar y aprobar las resoluciones ministeriales.
• Difundir por intermedio de la Oficina de Comunicación y Relaciones Institucionales las políticas educativas y los objetivos institucionales del Ministerio.
2.- Vice - Ministerio para la Articulación de la Educación Bolivariana.
El Despacho del Viceministro o Viceministra para la Articulación de la Educación Bolivariana es la instancia responsable de formular, ejecutar, instrumentar y supervisar el desarrollo de la política educativa nacional.
2.1.- Dirección General de Educación Inicial Bolivariana
La Educación Inicial Bolivariana es el subsistema del Sistema Educativo Bolivariano que brinda atención educativa al niño y la niña entre cero (0) y seis (6) años de edad, o hasta su ingreso al subsistema de Educación Primaria Bolivariana.
2.2.- Dirección General de Educación Primaria Bolivariana
La Educación Primaria Bolivariana es el subsistema del Sistema Educativo Bolivariano que garantiza la formación de los niños y las niñas desde los seis (6) hasta los doce (12) años de edad, aproximadamente, o hasta su ingreso al subsistema de Educación Secundaria Bolivariana.
2.3.- Dirección General de Educación Secundaria Bolivariana
La Educación Secundaria Bolivariana en el subsistema del Sistema Educativo Bolivariano que centra su acción en la formación integral de los y las adolescentes y jóvenes entre los doce (12) y diecinueve (19) años de edad, aproximadamente, a través de sus alternativas de estudio: Liceos Bolivarianos y Escuelas Técnicas Robinsonianas y Zamoranas. (Premio de Ciencia, Tecnología e Innovación)
3.- Vice - Ministerio de Desarrollo para la Integración de la Educación Bolivariana
El Despacho del Viceministro o Viceministra de Desarrollo para la Integración de la Educación Bolivariana es la instancia responsable de formular, ejecutar, instrumentar y supervisar el desarrollo de la política educativa nacional, mediante el diseño y supervisión de planes, programas y proyectos que garanticen la educación a los niños, niñas, adolescentes, jóvenes, adultos y adultas.
3.1.- Dirección General de Educación de Jóvenes, Adultos y Adultas
El subsistema de Jóvenes, Adultos y Adultas atiende a las personas mayores de 18 años, aproximadamente, no incorporadas a otro subsistema; comprendiendo las opciones de atención presencial, semi-presencial o por encuentros y las Misiones Robinson y Ribas.
3.2.- Dirección General de Cultura y Deportes
El Ministerio del Poder Popular para la Educación estimulará, atenderá e impulsará el desarrollo de la educación física, la cultura, el deporte y la recreación de los niños, niñas, adolescentes jóvenes, adultos y adultas del Sistema Educativo Bolivariano
3.3.- Dirección General de Educación Especial
La Dirección General de Educación Especial del Ministerio del Poder Popular para la Educación, ente responsable de la definición y supervisión de esta Política Educativa en Venezuela, establece la articulación con los diferentes sectores y organismos a fin de garantizar la Atención Educativa Integral a la población con discapacidad, en el marco de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela: Artículos 102, 103 y 81 (A. N, 1999), Artículos 32 y 33 Ley Orgánica de Educación (C.N, 1980 vigente) y la Política de Educación Especial (M.E, 1997).
La Política de Educación Especial ha establecido por 30 años, la atención de la población con necesidades educativas especiales en planteles y servicios de la Educación Especial desde edades tempranas hasta la adultez, y la integración escolar de la población en niveles y otras modalidades del sistema educativo. Es de acotar, que las instituciones de educación especial deben optimizar el desarrollo integral de los educandos especiales y en cualquier momento evolutivo proceder a la integración escolar de estas personas, en un maternal, preescolar, básica, liceo y universidad regular, y las MISIONES.
La Dirección de Educación Especial instancia nacional rectora del diseño y la supervisión de la Política de Educación Especial, asume la Educación Especial como parte de la ciencia de la Educación. Tiene por objeto y sujeto de estudio a las personas con necesidades especiales o con discapacidad. Para ello, nacional e internacionalmente la literatura acuerda realizar este estudio desde un análisis metodológico interdisciplinario, es decir, la conjugación de diferentes disciplinas del conocimiento lo cual permitirá una visión Integral de la Persona con Discapacidad, y consecuentemente la atención educativa, a través de una práctica profesional interdisciplinaria.

CALENDARIO ESCOLAR
Los estudiantes venezolanos deberán en consecuencia dedicarle 380 días al estudio de todos los importantes contenidos de la nueva educación bolivariana. Como corolario, se ha decidido el siguiente currículo válido y de estricta aplicación para todas las instituciones educativas en los meses que comienzan a regirnos a partir del próximo año escolar bolivariano. Artículo  49. LOE  Para  el  subsistema  de  educación  básica  el  año  escolar  tendrá doscientos días hábiles. El mismo se divide a los fines educativos, de acuerdo con las características de cada uno de los niveles y modalidades del Sistema Educativo atendiendo a la diversidad, las especificidades étnico-culturales, las características regionales y a lo que establezca el Reglamento de la presente Ley. El subsistema de educación universitaria regulará esta materia en su legislación especial.

ESTRUCTURA DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS
LA ESCUELA COMO ORGANIZACIÓN
La escuela cumple un papel social relevante, como transmisora de cultura, saberes, etc. Es una organización muy participada, tiene apertura institucional, porque todos hemos pasado por el sistema educativo y podemos opinar al respecto.
CARACTERÍSTICAS DIFERENCIALES DE LA ESCUELA COMO ORGANIZACIÓN
Pluralidad de las metas o propósitos a los que deben atender y ambigüedad o falta de claridad en su formulación. Inexistencia de un poder central único de quien dependa su funcionamiento. Alta participación. Débil planificación y gestión administrativa de las instituciones, ello ocasiona que los procesos de decisión fluctuen entre la autocracia y la total autonomía.
El funcionamiento de la organización se ve seriamente comprometido con la incorporación incontrolada de nuevos miembros, lo que dificulta la consolidación del sistema. Ambigüedad a la que se somete a los miembros al tener que asumir en su actividad distinta roles.
Poca claridad de la tecnología específica si se compara con la tecnología de los procesos de producción en el mundo de la empresa. Los recursos le son asignados a través de decisiones políticas frente a las organizaciones empresariales que generan sus propios recursos. Ausencia de criterios específicos para evaluar la eficacia de funcionamiento (complejidad de la actividad escolar)
COMUNIDADES EDUCATIVAS: Son instituciones conformadas por los educadores, los padres y/o representantes, y los alumnos de cada plantel; además pueden formar parte de ella, los organismos, entes y personas que tengan vinculación con el desarrollo de la comunidad en general. Objeto y Fines de las Comunidades Educativas: La cooperación es algo primordial en este caso, por ello la Comunidad Educativa en el "Deber ser", tiene que fomentarla en los miembros (que la conforman), y los organismos que hacen vida de forma directa o indirecta en la sociedad y el medio que rodea a los planteles y centros educativos. Cabe destacar el refuerzo y la actitud positiva que le da valores éticos y principios morales y el impulso a todas las actividades que se relacionen e integren al ámbito educativo, así como también, en la integración comunitaria. Otro de sus fines, es ejercer control sobre los servicios educativos y los aportes (financieros o no) que se le hagan a las instituciones educativas, sean estas a través de asignaciones del presupuesto nacional o a través de aportes propios y/o donaciones de terceros. Cabe destacar que los padres y representantes tienen el deber de colaborar con el plantel en todo lo relacionado con el Cronograma, y a participar en todas las actividades que se ejecuten en el mismo. En caso de no poder participar en forma económica, debe hacerlo a través de los medios que disponga a su alcance. A través de la participación en las actividades académicas programadas. Conformación de las Comunidades Educativas: Todo el proceso de convocatoria y eleccionario tiene un carácter participativo, protagónico y democrático, lo cual permite que la Comunidad Educativa, se organice y se estructure de acuerdo a los siguientes órganos de instancias: Consejo Consultivo. Cuerpo Docente. Sociedad de Padres y Representantes. Comunidad Estudiantil. Obreros. Personal Administrativo.

AHORA SE VA LLAMAR
De los Consejos Estudiantiles:
Artículo 2. Los consejos estudiantiles, en el marco constitucional de la democracia participativa, protagónica y popular, son instancias de participación, articulación e integración entre las diversas organizaciones y grupos estudiantiles y de las y los estudiantiles, que les permiten ejercer directamente la gestión de la política educativa y los proyectos orientados a responder a las necesidades y aspiraciones de las comunidades en la construcción de una sociedad de equidad y justicia social, de una sociedad socialista.
División de Protección y Desarrollo Estudiantil
Misión Promover la Organización, Participación, Promoción, Formación y Atención Integral de los Educandos a través de la Ejecución de Programas Becas Nacionales y centros Comunitarios de Protección y Desarrollo Estudiantil y Proyectos que proporcionan bienestar.
Visión: Instancia que se orienta a disminuir los Factores de riesgos que atenten contra la Integridad Biopsicosocial fortaleciendo los Factores de Protección, potenciando las capacidades de los Actores Sociales involucrados en el hecho Educativo para contribuir a mejorar las condiciones y oportunidades para el Acceso, Permanencia, Prosecución, Rendimiento Escolar y procurar su formación inclusión Social y Desarrollo Integral de la Población Estudiantil de los diferentes Subsistemas Educativos.

Funciones de la División de Protección y Desarrollo Estudiantil. Elaborar Propuestas Regionales e Institucionales en Materia de Protección y Desarrollo Estudiantil.
Desarrollar y Evaluar programas de Prevención Promoción, Protección y Desarrollo Estudiantil, Asistencia Médico-odontológico, Psicología y Social.
Formular y gestionar Planes, Programas y Proyectos en materia de Promoción, Prevención, Protección y Asistencia al Estudiante y su Articulación en los Niveles y Modalidades y otras instancias Regionales.
Coordinar la Ejecución del programa de Centros Comunitarios, Becas Escolares y Proyectos a Nivel Regional.
Recopilar información relacionada con las necesidades y demandas de Servicio y programas de Atención al Estudiantes en las áreas: Socio-económico, Prevención de Riesgos Sociales y desarrollo Estudiantil a Nivel Regional.
Servir de enlace con la Dirección de Protección y Desarrollo Estudiantil con el Despacho del Viceministro de Asuntos Educativo.
Gestionar Acciones o objetos de cubrir las necesidades y demandas de Recursos Humanos Económicos y materiales de los Servicios de Atención al estudiante en las Coordinaciones de Protección y desarrollo Estudiantil ubicados en Planteles y Centros Comunitarios de Protección y desarrollo estudiantil a Nivel Regional.
Evaluar la ge4stión de los programas y Servicios dirigidos a la Atención del Estudiante en las instancias Regionales que se ejecutan en las Coordinaciones de Protección y Desarrollo Estudiantil ubicados en Planteles y Centros Comunitarios de Protección y desarrollo Estudiantil de la Zona Educativa.
Gestionar Acciones o objeto de cubrir necesidades de Recursos Humanos y Materiales de los Servicios de Atención al estudiante en las Coordinaciones de Protección y Desarrollo Estudiantil ubicados en Planteles y Centros Comunitarios de Protección y Desarrollo Estudiantil.

La escuela en el centro del quehacer comunitario
Donde se puedan involucrar todos los factores y conjugar acciones inherentes al saber hacer, al conocer y al ser, sin ningún distingo ( edad, sexo, origen cultural, grado de instrucción, posición social y/o económica, etc), basándose en los lineamientos de... la democracia participativa y protagónica, en donde ser ciudadano implica asumir en forma organizada y competente los asuntos públicos”

De allí que, la escuela visualizada como centro del quehacer comunitario permite garantizar la inclusión y una educación integral de calidad para todos, estableciendo en la educación los nexos para lograr una escuela como el espacio para impulsar la producción y la productividad, la paz, la formación permanente, la creación y creatividad, la salud y la comunicación entre los ciudadanos a través de medios alternativos comunitarios de manera que se les permita divulgar e interpretar situaciones inherentes a las diferentes comunidades, generando así posibles alternativas de soluciones en caso de presentarse algún tipo de problemática.
Es por ello que actualmente en el contexto nacional se realizan una serie de construcciones en materia educativa orientados en su mayoría a responder a los cambios en la nueva estructura social y económica que requiere el país y es hacia ese punto donde avanza la redimensión del nuevo modelo educativo que a nivel Curricular adelanta el Ministerio de Educación y Deportes en función de la misión que le corresponde a la sociedad venezolana en un ambiente de democracia, participación, solidaridad, autonomía y corresponsabilidad. Finalmente, quisiera invitarlos a reflexionar sobre el accionar de la práctica pedagógica que ustedes vienen ejecutando en sus espacios educativos para que se transformen en ciudadan@s partícipes verdaderamente del protagonismo que se viene ejecutando en el país a nivel curricular para lograr el Desarrollo Endógeno Comunitario en el marco de la Refundación de la República Bolivariana de Venezuela., en este histórico y noble pueblo venezolano y avanzando con pasos muy firmes y de vencedores hacia la CONSTRUCCIÓN DE UNA NUEVA REPUBLICA CON REPUBLICANOS NUEVOS.

FAMILIA ESCUELA Y COMUNIDAD (TRIADA EDUCATIVA)
CAP II LOEART. 17:  Las familias tienen el deber, el derecho y la responsabilidad en                        la orientación y formación en principios, valores, creencias, actitudes y hábitos en los niños, niñas, adolescentes, jóvenes, adultos y adultas, para cultivar respeto, amor, honestidad, tolerancia, reflexión, participación, independencia y aceptación. Las familias, la escuela, la sociedad y el estado son corresponsables en el proceso de educación ciudadana y desarrollo integral de sus integrantes Tríada solidaria Familia y Estado se necesitan y se apoyan: aquella quiere prioridad estatal y mejor aporte público para la buena educación de sus hijos y éste refuerza y quiere más responsabilidad familiar en la educación de sus hijos.

ORGANIZACIÓN COMUNAL: su razón de ser a partir del contenido de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, con la finalidad de que la sociedad venezolana en general y los diferentes actores del quehacer político, económico, social y cultural adquieran diferentes mecanismos para asegurar la Justicia social por medio de la participación comunitaria, siendo este un eje transversal y fundamental para el desarrollo de la experiencia organizada de las comunidades, fortalecida por el uso de las leyes y la necesidad de involucrar al pueblo en la toma de decisiones que afectan su presente y futuro como Nación que aspira a organizar los aparatos institucionales que favorecen la democracia plural, protagónica y participativa, permitiendo así la participación equitativa de todo los venezolanos como objetivo principal. Un consejo comunal es una forma de organización de la comunidad, desarrollada en el ordenamiento jurídico venezolano en el marco de la revolución bolivariana, donde el mismo pueblo es quien formula, ejecuta, controla y evalúa las políticas públicas, asumiendo así, el ejercicio real del poder popular, es decir, poniendo en práctica las decisiones adoptadas por la comunidad. La Organización de la Comunidad en los momentos actuales es de considerable importancia, tanto así que de ello depende el desarrollo de nuevos procedimientos y mecanismos de resolución de conflictos que descongestionen la carga de trabajo de los órganos judiciales, equilibrando su capacidad operativa con la demanda de la población, y sobre todo elevando la calidad del servicio que brinda.

Un consejo comunal es una forma de organización de la comunidad, desarrollada en el ordenamiento jurídico venezolano en el marco de la revolución bolivariana, donde el mismo pueblo es quien formula, ejecuta, controla y evalúa las políticas públicas, asumiendo así, el ejercicio real del poder popular, es decir, poniendo en práctica las decisiones adoptadas por la comunidad.

PODER POPULAR. Es importante aceptar la condición revolucionaria del gobierno, o de los conductores fundamentales del gobierno (aún con los errores que se hayan cometido), porque caso contrario podríamos derivar en posiciones como las de Bandera Rosa u otras parecidas, de esos extremos que se tocan. Este es un presupuesto básico a considerar en un análisis que apunte a buscar salidas a la insuficiencia del desarrollo y reconocimiento del poder popular. as organizaciones populares debaten mucho sobre cómo resolver la coordinación de acciones sin perder autonomía y sin caer en los vicios que se le critican a los partidos, la burocratización de sus cuadros, el secuestro de los poderes y el uso utilitarista de sus proyectos y esfuerzos comunitarios. La organización popular busca formas de eliminar las mediaciones y generar respuestas políticas democráticas, de la nueva democracia. Las asambleas populares discuten situaciones locales, pero poco a poco han derivado el debate a cuestiones de poder, cuestiones de Estado. En este ejercicio reconocen sus a aliados y a sus enemigos y se validan los liderazgos que sirven mejor a esta política, a la socialización de la política.
PEDAGOGIA CRITICA VENEZOLANA: es necesario impulsar una pedagogía crítica, con responsabilidad social, que rescate el comportamiento ciudadano, que tome en cuenta los procesos comunitarios solidarios que “…son parte de nuestra cultura y recogen la tradición solidaria ancestral que ha conformado nuestro pueblo” (LEAC, Art. 4). Más allá de la renovación pedagógica, se necesita una profunda transformación socioeducativa. Se defiende así, desde la praxis, la necesaria inserción de la educación en una trama cultural sociocrítica, en que intervienen como agentes clave los movimientos sociales y educativos, con una tarea común: la construcción de una `cultura transformadora´. Pensando en nuestra propia capacidad de actuación (incluyendo las iniciativas no plenamente coincidentes entre sí...) los docentes nos convirtamos en activistas, que hablemos y actuemos desde un marco de referencia concreto; desde los intereses de un colectivo; formando parte del entramado de los movimientos de renovación pedagógica y de otros colectivos sociales críticos, como los Consejos Comunales y sus mesas técnicas de agua, de energía, de salud, de educación. Que cuando el docente intente educar verdadera y críticamente, proyecte su acción profesional más allá del aula; que la actividad pedagógica se realice en el seno de la comunidad.

En síntesis la verdadera transformación social requiere de una dimensión sociológica elemental: la educación popular, puesta en práctica mediante una pedagogía crítica, que articule la acción educativa con el resto de los movimientos sociales, a fin de consolidar una nueva cultura transformadora.

FUNDAMENTOS DE LA DEMAGOGIA CRÍTICA
1.- ANTONIO GRAMSCI (1891-1937)
El papel que juega el educador como intelectual orgánico esta en develar los procesos de coerción e ideológicos que se reproducen en la escuela, y como esta termina legitimando la hegemonía de la clase dominante.
Son dos temas que este autor enlaza con la educación: 1) explicación de la sobrevivencia del capitalismo, a pesar de sus contradicciones y de la decadencia tan anunciada por Marx. 2) el diseño de una estrategia política para luchar y derribar el capitalismo,   y así poder construir una sociedad socialista.
Con respecto al primero, Gramsci afirma que   “la clase burguesa mantiene su dominio no sólo debido a su poder económico y al ejercicio de la coerción física, sino también a su control ideológico”, imponiendo una serie de valores y creencias con el fin de persuadir y dominar las demás clases sociales. Control y dominio que logra a través de la hegemonía en la consolidación de las instituciones como son la familia, la iglesia, medios de comunicación, la escuela.
2.- LOUIS ALTHUSSER (1918-1990)
Althusser centra su teoría en tres componentes de la sociedad: la política, la economía y la ideología, dándole al igual distingue entre aparatos represivos del Estado, (sistema judicial) cuyo fin es asegurar por la fuerza o no la reproducción de las relaciones de producción; de aparatos ideológicos del estado (iglesia, escuela, familia, sindical, jurídico, político, comunicación, cultural), cuyo fin es dar una cosmovisión de mundo de la clase dominante como el ideal a seguir, y que ejercen también una represión a partir de sanciones dadas por la escuela, la iglesia y demás.
3.- BAUDELOT Y ESTABLET, LAS DOS REDES ESCOLARES
La tesis de estos investigadores es la siguiente: la escuela “única” no otorga igualdad de oportunidades a los estudiantes de hogares pobres, y beneficia a los estudiantes de estratos altos; esto hace que la escuela no sea única e igual para todos, sino diferente.

ENFOQUE DE LA CRÍTICA SOCIAL
Enfoque socio - critico Surge en 1923 con los postulados de la Escuela de Frankfort. (S La escuela de Frankfurt surge como grupo filosófico en el periodo posterior a la primera guerra mundial (1922-1985), en un panorama en el que el proletariado no había producido la revolución como lo había previsto Marx, y por el contrario había fracasado completamente en Alemania, aunque se produjo en contextos agrarios como el ruso, con condiciones materiales opuestas a las previstas por Marx, como los países industrializados. )e inserta en una tendencia interestructurante. Busca crear una pedagogía liberadora y emancipadora. (Habermas, Vigotsky, Piaget)Define el aprendizaje en relación con la formación de estructuras cognitivas, afectivas, psicomotoras y valorativas.
7. Aprendizaje visto como un proceso significativo que no se centra en la obtención de resultados y reconoce la diversidad, los ritmos de aprendizaje y el aprendizaje diferencial.
8. Involucra los aspectos de la vida cotidiana y profundiza en los valores sociales.

CONCEPCIÓN CRÍTICA SOCIAL
La crítica social es la crítica de una sociedad, a menudo definida en los términos de la crítica, ya sea del todo o, por lo menos, de aspectos substantivos de esta.
Esa crítica se hace sobre una base radical, pero el término no es excluyente. Se ha argumentado que toda crítica social implica una idea de la felicidad o desarrollo humano, junto a una idea de deber ser: de como una sociedad debería organizarse o sus miembros deberían comportarse a fin de lograr esa felicidad o desarrollo del potencial humano. , se convierte en una crítica sistemática del saber y de la ciencia, y se opone sobre todo al positivismo. Como el saber del hombre es discursivo la crítica debe ser crítica de los procesos de comunicación deformados (ideologizados).
Para ello debe utilizar la crítica ideológica, la cual significa un develamiento de las condiciones sociales de producción, de las racionalizaciones erradas, los efectos de las teorías, normas y discursos que ocultan intencionalidades de los que la proponen y obstaculizan posibilidades de intervenir sobre estas situaciones.

CONCEPCIÓN DE LA PEDAGOGÍA DEL MAESTRO
El profesor acercará al alumno el conocimiento para ser interpretado según  su realidad. • Como el conocimiento es un producto de la actividad humana, no se descubre, se produce. Su lema principal es "enseñar a aprender". Esto incluye enseñar a todos los miembros de la comunidad educativa a aprender de su propia práctica, para lo cual debe tematizar los elementos "naturalizados" o inconscientes del proceso educativo. Y supone evaluar tanto a alumnos como a docentes por los resultados del aprendizaje. el  maestro  constituye más un mediador del conocimiento, una persona que formula los problemas El maestro dejará de ser entonces una persona que enseña y se convertirá en una persona que organiza el conocimiento y el aprendizaje. Cabría decir que el maestro se transformó en un aprendiz permanente, un constructor de sentidos, un colaborador y, sobretodo, un organizador del aprendizaje.

5 comentarios:

  1. de verdad que es muy interesante su trabajo lo felicito por tan bonita dedicación dios lo bendiga

    ResponderEliminar
  2. GRACIAS LO ESTAMOS HACIENDO POR LA EDUCACIÓN DE NUESTRO PAÍS PARA QUE MEJORE LO MÁXIMO, SALUDOS.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Así es somos nosotro los verdaderos protagonistas de los cambios epistemológicos de la educación venezolana.

      Eliminar

POR FAVOR REALIZA UN COMENTARIO SERIO